Diario de León

crimen del crucero

Será lo que decida el jurado

Los acusados niegan su responsabilidad y piden la libre absolución. La Sección Tercera de la Audiencia Provincial juzgará por el sistema del Tribunal del Jurado a partir del día 5 de mayo a los procesados por la muerte violenta de David Cascán Peña.

La puerta de la casa en la que murió la víctima.

La puerta de la casa en la que murió la víctima.

León

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La defensa del principal imputado por el crimen del Crucero, cuyo juicio se inicia el lunes a las 17.00 horas, sostiene que el acusado no se encontraba en el lugar de los hechos, que la puñalada que recibió la víctima no era mortal de necesidad y que si se decide condenar a su cliente, se tenga en cuenta su historial como toxicómano.

Por su parte, la otra sospechosa alega que sí que prestó ayuda al herido pero no creyó que fuera a morir y que cuando se dio cuenta de que había perdido la vida no pudo avisar de lo ocurrido porque ya no tenía batería en el móvil.

Cascán murió apuñalado tras una discusión con el nuevo novio de su ex pareja por un asunto relacionado presuntamente con deudas y drogas. Fue el 17 de mayo de 2012 en la calle Relojero Losada.

14 años de cárcel

El Ministerio Fiscal propone una pena de 14 años de prisión para el principal encausado, al que se atribuye un delito de homicidio y una condena de tres años para la sospechosa, acusada de omisión del deber del socorro.

Sostiene que el fallecido, que deberá indemnizar a la hija de Cascán con 145.00 euros y al padre del fallecido con 10.500, había mantenido una relación sentimental con la acusada, la citó en su domicilio y que la joven acudió en compañía de su nuevo novio, con quien había mantenido ya dos peleas. Se produjo una tercera discusión, siempre según la versión del fiscal, que entiende que el principal acusado había recibido un puñetazo de David por la ventanilla del coche en el que había llegado y sacó una navaja y la hundió en el costado de la víctima, dejándolo mortalmente herido. De acuerdo a versión de la acusación pública, la mujer ayudó al damnificado a subir a su domicilio, pero se marchó del piso pese a que estaba sangrando abundantemente y no dio aviso de lo ocurrido hasta tres horas después.

Absolución

Los escritos de defensa de los supuestos autores de los hechos solicitan la libre absolución de los dos imputados. En el caso del varón, porque según su letrado su cliente «no estaba en la zona de los hechos a esa hora, ni a pie ni en el vehículo que se menciona en la acusación».

Añade además que del informe de los forenses se deduce que la herida que sufría la víctima no era mortal de necesidad por lo que considera que más bien la causa de la muerte fue «que no se le prestase a la víctima la atención que necesitaba para tratar sus heridas, siendo esa la causa de la muerte que no es imputable a mi representado».

Para el caso de que se deduzca lo contrario, solicita el abogado que se declare la exención de la pena para el imputado por su condición de toxicómano. Y añade también la atenuante de colaboración para el esclarecimiento de los hechos «puesto que en cuanto tuvo constancia de que la Policía lo buscaba, se presentó voluntariamente en Comisaría».

La joven procesada declara que tras llegar en moto en el domicilio de la víctima, que había requerido su presencia, observó como un varón alto encapuchado abandonaba el lugar de los hechos, donde el damnificado pedía socorro y manifestaba que había sido «pinchado». Le atendió al percatarse de que sangraba pero no pudo hacer nada por salvar su vida. Salió a pedir ayuda pero se le cerró la puerta de la casa del finado y no tenía batería en el móvil, por lo que relató los hechos a un muchacho de 14 años que merodeaba la zona en ese momento y le pidió que alertase de lo ocurrido al 112. Como ninguna de estas conductas es constitutiva de delito, el letrado defensor exige la libre absolución.

Constituidos en acusación particular, el padre de la víctima propone una pena de quince años de prisión para el sospechoso por homicidio y diez años para la mujer acusada de ser cómplice, además de 30.000 euros para el progenitor en concepto de daños morales. La madre de la hija de la víctima coincide en la pena de prisión pero eleva a 200.000 euros la indemnización para la niña que propone.

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