Diario de León

TRIBUNALES

La Audiencia Nacional anula el Consejo General de Economistas

El colegio de León demandó junto a Madrid y Valencia la integración de los mercantiles

León

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La Audiencia Nacional ha declarado nula de pleno derecho la orden del Ministerio de Economía y Competitividad de marzo del año pasado por la que se publicaron los estatutos provisionales del Consejo General de Economistas, al apreciar que se ha vulnerado el artículo que exige «el trámite de la necesaria memoria de análisis de impacto normativo». Contra la constitución del consejo general, que concluyó la integración de los órganos colegiados de los economistas y los titulares mercantiles, presentaron una demanda los colegios de Economistas de León, Madrid y Valencia, que no consideraron válidos los estatutos aprobados por Economía.

Los tres colegios demandantes argumentaron que «lejos de limitarse a cumplir con lo que deben ser unos estatutos que regulen la estructura transitoria del consejo provisional, los ahora anulados por la Audiencia Nacional recogían asignaciones presupuestarias a miembros del consejo», algo expresamente prohibido anteriormente en la normativa del Colegio de Economistas.

La demanda también se dirigía contra «aspectos disciplinarios como la capacidad de suspender el derecho de participación de un colegio en el Consejo General». También consideraron los tres colegios que solicitaron la nulidad de los estatutos que era irregular que se perpetuasen durante cuatro años los cargos de presidente y vicepresidente del consejo, que ocupan respectivamente el presidente del Consejo General del Colegio de Economistas y el del Consejo Superior de Colegios Oficiales de Titulados Mercantiles; además de los de otros máximos responsables de las comisiones de trabajo. Una situación contraria a lo que establece la ley sobre la creación del Consejo General de Economistas, en lo que «claramente podría suponer una presunta vulneración de los principios democráticos que deben regir la toma de decisiones de estos órganos colegiados».

Extralimitaciones

La demanda presentada por los colegios argumentaba también que los estatutos aprobados se extralimitaban en sus competencias «al atribuir al consejo general competencias reservadas por la ley sobre colegios profesionales de reserva a los colegios territoriales, tales como la pretensión de regular la ordenación del ejercicio de las profesiones, controlar la calidad del trabajo de los colegiados o la ventanilla única».

En esta situación, la nulidad de los estatutos implica, según explican los demandantes, que una vez que sea firme la sentencia se anula también la constitución del Consejo General de Economistas, del proceso de fusión de patrimonios y de personal, del nombramiento de los nuevos cargos de los órganos de Gobierno y la creación de los nuevos órganos especializados así como el nombramiento de sus directivos, entre otros.

Los estatutos ahora anulados regulan la creación de una institución que agrupa a 70.000 profesionales en todo el país, y que preside Valentín Pich. Todo el procedimiento legal tendrá que ser iniciado ahora desde el principio, un año después de la creación del organismo para dirigir colegialmente a ambos colectivos profesionales.

La fusión entre los dos colectivos se inició a raíz de la ley de 2011 con la creación de una comisión gestora encargada de redactar los nuevos estatutos, ahora anulados.

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