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Los reos que se encuentran en prisión preventiva no pueden ser expulsados

Publicado por
León

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La prisión preventiva por un procedimiento de extradición no tiene en sentido estricto la misma naturaleza jurídica que la prisión provisional establecida en el procedimiento penal, tal como establece la doctrina del Tribunal Constitucional. A los expedientes de extradición no le son aplicables en bloque las normas materiales y procesales sobre la prisión provisional prevista en la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

En consecuencia, hasta tanto pueda hacerse efectiva la extradición acordada por la Audiencia Nacional, el interno puede cumplir las causas penadas por Tribunales españoles de conformidad con el sistema de grados y las Juntas de Tratamiento procederán a proponer la clasificación que corresponda. Con independencia de ello, deberán adoptarse todas las medidas necesarias para asegurar el cumplimiento de la resolución de extradición y evitar cualquier situación o salida que pudiera poner en riesgo la misma.

Autorización previa

Lógicamente, para cualquier eventual salida o permiso del interno deberá solicitarse autorización previa al órgano judicial que tiene decretada la prisión provisional en la causa de extradición.

Actualmente, buena parte de la población del Centro Penitenciario Provincial de Villahierro es extranjera. Actualmente se encuentre en torno a los 1.100 reclusos, a pesar de que la cárcel está diseñada para 1.085 aunque también ha llegado a situarse en el entorno de los 1.500 presos. La mayor parte de ellos son extranjeros y entre ellos la mayoría son hombres, de acuerdo a los últimos datos estadísticos publicados.