Diario de León

Cuatro años de cárcel para un leonés que violó a otro hombre en una playa

. Aprovechó que el otro varón estaba borracho para consumar el acto, en el municipio tinerfeño de Adeje .

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León

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La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha condenado a cuatro años de cárcel a un hombre que se aprovechó de la borrachera de su víctima, otro hombre, para violarlo. El penado, natural de León y que ya se encontraba en prisión preventiva por esta causa, tendrá también que indemnizar a la víctima con 10.000 euros, si bien se ha declarado insolvente.

Los hechos ocurrieron sobre las 3.30 horas del 15 de julio del año pasado en las inmediaciones de la playa turística de Troya, ubicada en el municipio tinerfeño de Adeje.

El condenado comprobó cómo la que sería su víctima estaba inconsciente a causa de una ingesta masiva de bebidas alcohólicas, es decir, por una borrachera. Tras percatarse de que el hombre no respondía, le enterró parte de la cabeza y del tórax en la arena y lo penetró por el ano «durante un tiempo indeterminado», tal como expone la sentencia de la Audiencia Provincial, a que ha tenido acceso ABC , en el apartado dedicado a los hechos probados.

Un grupo de personas que transitaban por las calles fueron las que lo sorprendieron durante la violación y avisaron a la Policía, que lo detuvo de inmediato.

Múltiples heridas

El hombre sufrió a consecuencia de los abusos sexuales una serie de heridas y lesiones: excoriaciones en el tórax y en la zona lumbar, también en una de las caderas y en las rodillas, y fisuras anales.

El Ministerio Fiscal había pedido que se condenara al violador a cuatro años de prisión y al pago de una indemnización de 10.000 euros por las lesiones y los daños morales, de modo que la sentencia acogió íntegramente la petición.

Cabe puntualizar que el entonces procesado, antes de que comenzara el juicio oral, manifestó su conformidad al escrito de acusación.

En consonancia con esto, el penado también renunció a la posibilidad de interponer un recurso contra la resolución de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, por lo que la sentencia es ya firme.

De acuerdo al artículo 179 del Código Penal «cuando la agresión sexual consista en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías, el responsable será castigado como reo de violación con la pena de prisión de seis a doce años».

No obstante, como quiera que concurrían circunstancias atenuantes a causa de la decisión del procesado de pactar con el Ministerio Fiscal, finalmente se adoptó la determinación de reducir en parte la condena, circunstancia por la cual solamente se le impusieron cuatro años de cárcel, de los cuales uno ya se le computa como cumplido, por todo este tiempo en prisión preventiva, según ocurre en estos casos.

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