Diario de León

SEGURIDAD VIAL

Imputan a ocho personas por conducir bajo los efectos de la bebida en el puente

Los acusados arrojaron tasas de alcohol de entre 0,73 y 1,16 miligramos por litro.

Agentes de la Benemérita, realizando un test.

Agentes de la Benemérita, realizando un test.

León

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Agentes de la Guardia Civil imputaron un delito contra la seguridad del tráfico a ocho personas en la provincia de León durante el puente del Pilar, acusados de conducir bajo los efectos del alcohol.

La actuación se llevó a cabo en varios dispositivos establecidos de verificación de alcoholemia y documentación llevados a cabo durante el pasado puente del Pilar en toda la provincia de León.

Según informa la subdelegación de Gobierno de León, a través de una nota de prensa, de los ocho imputados, siete personas fueron fueron citadas para juicio rápido ante la autoridad judicial correspondiente por razón de territorialidad, como supuestas autoras de un delito contra la Seguridad Vial (alcoholemia), por circular con vehículo a motor con unas tasas de alcohol que oscilaba entre los 0,73 y los 1,16 mlg/ltr de aire espirado.

En estos dispositivos, también fue imputada y puesta a disposición judicial una persona por negarse a someterse a las pruebas legalmente establecidas para la comprobación de las tasas de alcoholemia y a la presencia de drogas tóxicas estupefacientes o sustancias psicotrópicas.

Consecuencias

El hecho de conducir un vehículo de motor o ciclomotor bajo la influencia de drogas tóxicas, o de bebidas alcohólicas, y en todo caso, él hacerlo con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 miligramos por litro o con una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litro, constituye un delito contra la seguridad del tráfico tipificado en el artículo 379 del vigente código penal, con penas que van desde multa y trabajos en beneficio de la comunidad hasta la pena de prisión de tres a seis meses y, en cualquier caso, la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.

Una negativa

Así mismo el negarse a someterse a las pruebas legalmente establecidas para la comprobación de las tasas de alcoholemia y a la presencia de drogas tóxicas estupefacientes o sustancias psicotrópicas, conlleva una pena de prisión de seis meses a un año y la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.

Consejos prácticos

La DGT ofrece una serie de consejos prácticos en este ámbito de acción.

«El alcohol, las drogas y ciertos medicamentos son incompatibles con la conducción de vehículos. Además todo conductor está obligado a someterse a las pruebas de alcoholemia y de consumo de estupefacientes, psicotrópicos y otras sustancias».

«Respete los límites de velocidad genéricos y específicos. Mantenga una velocidad adecuada al estado de la vía, intensidad circulatoria y condiciones meteorológicas».

En caso de accidente siga esta secuencia: (Protocolo P.A.S.): Protegerse, Avisar a los servicios de emergencia y Socorrer a las personas accidentadas».

La alcoholemia es una de las principales causas de los accidentes de circulación en España y los controles de alcoholemia, una de las mayores preocupaciones de los conductores leoneses.

En el caso de que el conductor de positivo en la prueba de la alcoholemia, los agentes pueden proceder a inmovilizar el vehículo y a retirarlo a los depósitos habilitados al efecto si supone un obstáculo para la circulación. los gastos que se deriven de la inmovilización del vehículo, su traslado o su depósito, corren por cuenta del conductor del vehículo.

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