EL CRIMEN DE ISABEL CARRASCO
La jueza vuelve a denegar la libertad a Raquel Gago por sus contradicciones en el crimen de Isabel Carrasco
La policía local permanecerá en prisión provisional sin fianza por el caso Carrasco
Raquel Gago no saldrá de prisión. La jueza considera, entre otras cosas, que hay riesgo de fuga y deniega la petición de su abogado para que se decrete la libertad provisional sin fianza de su defendida. La jueza oye la petición del Ministerio Fiscal que entiende que no procede modificar la situación personal de Raquel Gago, la tercera acusada en prisión por el crimen de Isabel Carrasco, «por su implicación en los hechos, por la gravedad de éstos y de las penas que en su día pudieran imponerse que implicaría riesgo de fuga así como por la no modificación de las circunstancias que dieron lugar a la adopción de la prisión provisional en su día». El auto es recurrible ante la Audiencia Provincial.
En el auto de denegación de la libertad provisional, la jueza argumenta que Raquel Gago se reunió con las también imputadas Montserrat González y Triana Martínez (madre e hija) sobre las 16.10 del 12 de mayo de 2014 en el domicilio de Triana Martínez y tras abandonar el domicilio aparcó su coche en la calle Lucas de Tuy esperando la llegada de ésta última, quien le hizo entrega del un bolso que contenía el arma utilizada en el crimen «conforme al plan de ejecución del hecho que habían planeado con anterioridad las tres imputadas». La jueza argumenta que los hechos investigados constituyen, en lo que se refiere a la participación de Raquel Gago, de tres delitos: homicidio consumado, tipificado en el artículo 138 del Código Penal y castigado con pena privativa de libertad de hasta 15 años de prisión; delito de atentado a la autoridad, tipificado en el Código Penal y castigado con pena privativa de libertad de hasta 9 años de prisión; y delito de tenencia ilícita de armas, tipificado con hasta tres meses de prisión.
Los argumentos
La jueza considera que a la policía nacional la señalan como presunta autora las declaraciones de los testigos presenciales, la entrada y registro efectuada en el domicilio de la imputada Triana Martínez; las pruebas practicadas por la Policía Científica; las declaraciones de las imputadas; la localización del arma empleada en la comisión de los hechos delictivos en su propio vehículo y en el bolso de su propiedad; y las demás diligencias practicadas y que obran en el atestado.
También argumenta la magistrada el riesgo de fuga de la imputada «y de sustraerse a la acción de la Justicia» por los tres delitos que se le imputan que podrían ascender a veinte años de cárcel.
La jueza contesta a las alegaciones de la defensa y argumenta que Raquel Gago sigue sin explicar por qué no comentó a nadie «ni a amigos, ni familiares ni a su compañeros de trabajo» que estuvo tomando café con Triana en su casa y que, posteriormente, se la encontró en la calle. «El informe médico forense concluye que no existen antecedentes de patología orgánica mental», se lee en el auto, por lo que «a pasar del mencionado ‘bloqueo’ desempeñó una vida totalmente normal, acudiendo a un curso de restauración y mintiendo a una compañera».