El juez considera que Ramiro Pinto no cometió desobediencia
La sentencia cree que no hubo ofensas a la Policía antes de la investidura de Orejas.
El titular del juzgado de Instrucción número 1 de los de León, Fernando Javier Muñiz Tejerina, absolvió a Ramiro Pinto y a las dos personas que le acompañaban como acusados por los incidentes que se habían producido el pasado día 14 de noviembre, en los prolegómenos de la toma de posesión de Emilio Orejas como presidente de la Diputación.
Agentes de la Policía Nacional elaboraron un atestado en el que daban cuenta de una serie de insultos proferidos por Pinto y sus acompañantes en la puerta del Palacio de los Guzmanes, al ser requeridos por la autoridad para que abrieran paso a los diputados. Los denunciados consideraban que había espacio de sobra para el paso de las personalidades, con lo que se produjo un cruce dialéctico que derivó en el atestado.
«En opinión de quien esto resuelve, no resulta debidamente acreditada la falta una vez que se han analizado y valorado tanto las declaraciones de los denunciados y testigos como las de los agentes de la Policía Nacional», explica la sentencia.
No acreditado
El juez considera que no se acredita la existencia de abuso de autoridad por parte de los agentes, pero igualmente entiende que no hubo comportamientos agresivos ni tampoco insultos dirigidos específicamente contra una persona. «Las ofensas cometidas contra los agentes no tienen relevancia penal».
Por todo ello se absuelve a los acusados y se declaran de oficio las costas procesales, aunque cabe recurso ante la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de León.