Diario de León

Casi un centenar de extranjeros tiene pendiente un expediente de expulsión

Uno de cada cuatro son marroquíes; rumanos y dominicanos siguen en proporción.

León

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El Ministerio del Interior tiene sobre la mesa 92 solicitudes de deportación para otrostantos extranjeros residentes en la provincia de León que, por diferentes circunstancias relacionadas en la la mayor parte de los casos con irregularidades legales o con delitos penales, tienen pendiente una orden de expulsión del páis.

Los marroquíes, como ya ocurriera el año pasado, vuelven a liderar la estadística en la provincia de León. Seguidos de rumanos, dominicanos y colombianos, son la mayor colonia de deportados en potencia con que cuenta la provincia de León, que no obstante, también tramita la expulsión de un inglés y un alemán.

Desde el momento en que se decide incoar un procedimiento sancionador en el que pueda proponerse la expulsión del país del ciudadano sancionado, el juez instructor, a fin de asegurar la resolución final que pudiera recaer, puede obligar al ciudadano extranjero a presentarse periódicamente ante las autoridades competentes. También se puede fijar la obligación de establecer la residencia en un determinado lugar o aleatoriamente se puede fijar la retirada del pasaporte o documento acreditativo de su nacionalidad, previa entrega al interesado de resguardo acreditativo de tal medida.

No consta si alguno de estos supuestos está siendo aplicado en el caso de León, por cuanto hasta que Interior no ha finalizado el procedimiento, no se informa. Sí ha trascendido que cabe en estos supuestos la detención cautelar, por la autoridad gubernativa o sus agentes, por un período máximo de setenta y dos horas, previas a la solicitud de internamiento.

En cualquier otro supuesto de detención, la puesta a disposición judicial se producirá en un plazo no superior a setenta y dos horas. Igualmente se puede dictar el internamiento preventivo, previa autorización judicial en los centros de internamiento. En caso de que el procedimiento tramitado fuera de carácter ordinario no podrá adoptarse la medida cautelar de internamiento.

Prohibiciones

La expulsión, una vez ejecutada, lleva consigo la prohibición de entrada al territorio español y a los territorios de los estados con los que España haya suscrito acuerdo en ese sentido. La duración de la prohibición se determina en consideración a las circunstancias que concurran en cada caso y su vigencia no excede de cinco años, de acuerdo a los términos legales.

Excepcionalmente, cuando el extranjero suponga una amenaza grave para el orden público, la seguridad pública, la seguridad nacional o para la salud pública, podrá imponerse un período de prohibición de entrada de hasta diez años, previo informe de la Comisaría General de Extranjería y Fronteras.

La legislación establece también multas para los empresarios que infrinjan la ley de derechos y libertades de extranjeros en España. Las multas van de 500 a 100.000 euros.0

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