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LA LEGISLACIÓN

Las siete razones que se pueden alegar para no ser elegido miembro del jurado

Publicado por
León

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Para no ser miembro del jurado es necesario acreditar que el candidato ha cumplido ya los sesenta y cinco años, que se ha desempeñado funciones de jurado dentro de los cuatro años precedentes al día de la nueva designación. También están exentos quienes sufran grave trastorno por razón de las cargas familiares.

Los que desempeñen trabajo de relevante interés general, cuya sustitución originaría importantes perjuicios al mismo, pueden alegar esta causa para excusar su presencia como miembros del jurado. También los que tengan su residencia en el extranjero, los militares profesionales en activo cuando concurran razones de servicio y en definitiva los que aleguen y acrediten suficientemente cualquier otra causa que les dificulte de forma grave el desempeño de la función de jurado, según consta en la normativa vigente de la Ley del Jurado.

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