EL CRIMEN DE ISABEL CARRASCO
El abogado de madre e hija consigue la absolución de Ramoncín en el caso SGAE
El cantante contó con la asistencia letrada de José Ramón García García, letrado de Montserrat y Triana.
La Audiencia Nacional absolvió al cantante José Ramón Julio Márquez Martínez, ‘Ramoncín’, de los delitos de apropiación indebida y falsedad de documento mercantil por los que se enfrentaba a una petición de la fiscalía de cuatro años y diez meses de cárcel. El cantante contó con la asistencia letrada de José Ramón García García, abogado de Montserrat y Triana.
La Fiscalía sostenía que Ramoncín, con objeto de procurarse un lucro ilícito, y su amigo Neri, a través de su posición en la SGAE y Portal Latino, «procedieron a la ideación y elaboración de determinada documentación que en apariencia diera cobertura a la ilegítima salida de fondos que iban a llevar a cabo y que se concretó en los hipotéticos proyectos «El Creador» «La Caja Fuerte» y «HMI», además de la participación de Enrique Loras y Pablo Hernández con «igual finalidad -ilegítima salida de fondos-».
La resolución señala que del análisis global de la prueba practicada no ha quedado probada la imputación mantenida por la Fiscalía, ya que no es suficiente para descartar otras posibles versiones ni es «definitivamente concluyente» y deja «un margen de duda suficiente y razonable sobre la verdadera intención y participación en los hechos de los acusados, lo que en todo caso debe favorecerles en la correcta aplicación del principio in dubio pro reo».
Los jueces señalan que en los contratos analizados, tanto de carácter verbal como escrito, se da la circunstancia de la finalización y entrega satisfactoria por parte de Ramoncín de los proyectos ideados y que, al margen de sus necesidades financieras reconocidas, «realizó y entregó los trabajos contratados aunque dichos proyectos no se llevaran a efecto».