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Condenan a dos años de cárcel a un empresario por no pagar un despido

Cerró sus sociedades para no abonar una indemnización de 34.000 euros y creó luego otra.

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León

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miguel ángel zamora | león

Un empresario del sector de las pinturas de León ha sido condenado a una pena de dos años de cárcel como autor de un delito de insolvencia punible, al descapitalizar la empresa que debía hacer frente al despido de un trabajador, creando una compañía nueva para continuar con la actividad sin hacer frente a la indemnización. La sentencia del juzgado de lo Penal número 1 de los de León ha sido ratificada por la Sección Tercera de la Audiencia, tras la demanda presentada por Robher Asesores.

El apartado de hechos probados de la sentencia recurrida sostiene que el 27 de diciembre de 2010, el acusado L.S.G. procedió al despido del trabajador demandante, aduciendo una serie de causas económicas. El despido fue impugnando contra la compañía para la que trabajaba el empleado y una segunda empresa participada por el mismo demandado, bajo la premisa de que fuera readmitido en su puesto de trabajo o que se le abonara una indemnización de más de 34.000 euros.

Como quiera que no se llevó a cabo ninguna de las dos opciones, y a sabiendas de que el demandado había creado una empresa de decoración con el capital de las dos anteriores, el trabajador emprendió una batalla legal para solicitar el pago de las cantidades que se le adeudaban. «La constitución de la empresa se produjo con el objeto de frustrar el cobro de las indemnizaciones y los salarios de tramitación que era previsible que le fueran reconocidas por los tribunales de orden social».

El tercer apartado de los fundamentos de derecho de la recoge que «un examen crítico y objetivo del material probatorio de referencia conduce a pensar que en la conducta del apelante concurren cuantos requisitos se exigen para considerarlo autor de aquella clase de infracción».

Destaca la Audiencia que el empresario tenía el 90% del accionariado de la nueva empresa constituida. «Aventurando la declaración de responsabilidad consiguiente, se adelantó preparando el terreno para dejar sin patrimonio a dichas empresas y cesando en la actividad de las mismas, con el único objeto de frustrar los derechos de sus acreedores, lo que consiguió mediante la estrategia de crear un nuevo ente jurídico distinto, que le permitió continuar con la misma actividad y allegar recursos que quedaban a recaudo o que resultaban de muy difícil realización a la acción ejecutiva del denunciante». «Al actuar en la forma en la que lo hizo el acusado», sostiene el fallo «defraudó las legítimas expectativas del trabajador y se hizo responsable de la infracción penal».

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