Diario de León

EL CRIMEN DE ISABEL CARRASCO

Montserrat y Triana se libran de la condena por tener marihuana

La Audiencia las absuelve porque la madre la consumía para aliviar sus dolores de espalda.

Triana y Montserrat posan en la plantación de marihuana que tenían en Carrizo de la Ribera. DL

Triana y Montserrat posan en la plantación de marihuana que tenían en Carrizo de la Ribera. DL

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miguel ángel zamora | león

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial considera que los 620 gramos de marihuana hallados en el domicilio de Triana Martínez y cuya propiedad se atribuyó Montserrat González, consideradas culpables de la muerte de Isabel Carrasco, «no estaba preordenada al tráfico» motivo por el que revoca la sentencia de Penal 1 que había impuesto a madre e hija un año y medio de cárcel como autoras de un delito contra la salud pública y las absuelve de los cargos. Esta causa es ajena al juicio por la muerte de la presidenta de la Diputación Provincial y se juzgó en una causa aparte.

El recurso de apelación presentado por la representación letrada de madre e hija prosperó y es firme, ya no admite recurso. «Debemos de partir de considerar que la madre podía tener la droga con una finalidad terapéutica, como medio de aliviar los dolores de espalda», explica la sentencia. Además «el acuerdo no jurisdiccional del Tribunal Supremo señala que el consumo diario estimado para el consumidor medio de marihuana oscila entre los 15 y los 20 gramos de dicha sustancia. En el caso de autos fueron ocupados 620 gramos, es decir para un consumo de mes y medio aproximadamente, cantidad por tanto que se puede considerar razonable, teniendo en cuanta el problema terapéutico de la acusada, y que evitaría tener que acudir al mercado clandestino».

«Tampoco hay en los autos ningún otro indicio de que la droga intervenida a las acusadas se hallase destinada al tráfico, no hay balanzas, ni bolsas, ni precintos, ni tampoco anotaciones conocidas, pues en relación con ésta últimas y de las que se ha mencionado en estas diligencias, no existen aportadas dicha anotaciones, no ocupándoseles en definitiva ningún útil para la venta de droga, y la Policía tampoco tenía sospecha alguna, pues el encuentro de la marihuana fue totalmente casual, con motivo del registro de la vivienda de Triana por otro hecho», señala el ponente, Manuel Ángel Peñín.

«Es explicable que en este caso Montserrat, optara por el cultivo doméstico de la planta y abastecerse para su consumo, no pudiendo ignorarse que el cultivo de la planta requiere un ciclo temporal de varios meses, siendo justificado un cierto acopio».

«No ha quedado probado que las dos acusadas tuvieran en su poder la droga para comerciar con ella, sino que la droga pertenecía a Montserrat».

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