Los pagos por despidos judicializados superan 52 millones desde la reforma
El Supremo revisa su interpretación y recupera la rebaja en el cálculo de indemnizaciones.
maría j. muñiz | león
Las indemnizaciones percibidas por los trabajadores leoneses despedidos desde que entró en vigor la reforma laboral, y que fueron finalmente resueltas en los tribunales, superan los 52 millones de euros, según los datos del Ministerio de Empleo. La reforma aprobada en febrero de 2012 abarata el despido y reduce el máximo a cobrar por los trabajadores que pierdan su empleo. Sin embargo, una sentencia del Tribunal Supremo de septiembre de 2014 reconocía el derecho de los trabajadores más antiguos a superar el límite establecido en la nueva normativa laboral. Una decisión que generó polémica entre los juristas, pero a cuyo criterio se sumaron los tribunales superiores de Castilla y León, Madrid y Cantabria. Ahora el Tribunal Supremo ha revisado de nuevo su decisión, y se acoge al abaratamiento fijado en la reforma laboral.
Desde que entró en vigor la polémica norma aprobada por el PP para flexibilizar las relaciones laborales y abaratar el despido casi 5.300 trabajadores leoneses han acudido a los tribunales para solventar las diferencias sobre su despido con las empresas. En total en este tiempo los asuntos judiciales sociales resueltos en la provincia rondan los 20.000, la mayor parte de ellos por reclamaciones relacionadas con los contratos, además de demandas sobre las cotizaciones a la Seguridad Social. Y los despidos.
En este tiempo 2.300 trabajadores han obtenido una sentencia favorable a sus intereses, y otros casi 1.800 resolvieron las diferencias a través de las conciliaciones. En total recibieron 52,4 millones de euros, cantidades a las que hay que sumar en su caso los salarios de tramitación que se fijan después. Más de 36 millones fueron a las indemnizaciones de los despidos solucionados a través de sentencia, y otros 16 millones para los acordados en las conciliaciones.
La reforma laboral rebajó de 45 a 33 días por año trabajado la indemnización a percibir por los trabajadores despedidos de forma improcedente, y se rebajó también el tope máximo de mensualidades a recibir de 42 a 24. Sólo los trabajadores que antes de la entrada en vigor de la reforma laboral hubieran generado ya derechos que rebasasen el máximo fijado en 2012 de 720 días de indemnización podrían mantenerlo, aunque a partir de ese momento ya no generarían más indemnización.
En septiembre de 2014 el Supremo dictó una sentencia que modificaba el sistema de cálculo, y permitía a los que en febrero de 2012 ha llevaban más de 16 años en la empresa (y por tanto tenían el máximo de indemnización, 720 días) seguir sumando hasta los 1.260 días, tres años y medio de salario, el máximo antes de la reforma. Esta decisión provocó que muchos trabajadores pleitearan para recalcular sus indemnizaciones.
Ahora el alto tribunal revisa de nuevo su criterio, y establece dos cálculos: antes del 12 de febrero de 2012, a 45 días por año trabajado hasta un máximo de 1.260 días; aunque si supera los 720 días de derecho a indemnización en esa fecha no seguirá generando derechos. Si no llega, se calcula a razón de 33 días por año trabajado desde la reforma.