Diario de León

La Junta se une a la prohibición de las ‘gasolineras fantasma’

Las 16 estaciones de este tipo en la provincia deberán contratar personal desde esta semana.

Un hombre se prepara para repostar en una gasolinera de autoservicio. DL

Un hombre se prepara para repostar en una gasolinera de autoservicio. DL

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m. j. muñiz | león

La Junta de Castilla y León se une a partir del próximo miércoles a otras autonomías que han prohibido ya las denominadas ‘gasolineras fantasma’, o ‘low cost’. Aquellas que no tienen personal, y en las que el usuario se sirve a sí mismo. Después de meses de reivindicaciones tanto por parte de los empresarios de estaciones de servicio como de los sindicatos, el pleno de las Cortes aprobará pasado mañana una ley que obliga a las gasolineras a disponer de al menos un trabajador mientras permanezcan en servicio.

Esta norma afecta en la provincia a 16 estaciones de servicio que funcionan ya sin personal, además de otras que en el sector denominan ‘híbridos’: las que durante el día cuentan con empleados, pero que por la noche permiten repostar sin vigilancia.

El pleno de las Cortes debatirá una proposición de ley para modificar el Estatuto del Consumidor de Castilla y León, que cuenta con el respaldo de PP, PSOE, Podemos, IU y UPL, aunque no con el de Ciudadanos.

unificación

La normativa nacional respecto a este tipo de instalaciones es distinta según la autonomía, ya que mientras unas han prohibido su funcionamiento otras lo aceptan. Al final la unificación está pendiente de la decisión de la Comisión Europea.

A resolver la confusión y las diferencias en España no contribuyó el polémico informe que publicó la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia este verano, que defendió su existencia porque considera que las estaciones de servicio desatendidas «aumentan la competencia efectiva en el mercado y presionan a la baja los precios de los carburantes», lo que en su opinión reduda en beneficio de los consumidores.

La Comisión recuerda en su informe que en Europa la implantación de este tipo de servicios es habitual (en Dinamarca o Suecia son más del 60% de las que están en servicio); y destaca que justificar su prohibición en argumentos como el mantenimiento del empleo, la seguridad de la instalación o la protección de los consumidores va contra la competencia.

Empresas distribuidoras y sindicatos consideran sin embargo que la competencia de este tipo de servicios de repostaje no sólo supondrá una pérdida de empleo que dificultará aún más la situación del sector.

Denuncian además que son inseguras, porque son los propios consumidores los que manipulan un material peligroso y no hay personal para atender incidentes; y que atentan contra los derechos de los consumidores, ya que en caso de un problema no hay a quién reclamar. También consideran que perjudican a los discapacitados, porque no pueden acceder al servicio. Argumentos que han sido desmontados por la CNMC.

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