exenciones
Quiénes no están obligados a declarar
En general las rentas procedentes del trabajo hasta 22.000 euros anuales, aunque el límite se reduce si hay más de un pagador, entre otros casos. El límite es entonces de 12.000 euros. También cuando los dividendos y ganancias patrimoniales no superen los 1.600 euros, y las rentas inmobiliarias, rendimientos de capital etc. no superen los 1.000 euros.