LEÓN ■ INSPECCIÓN DE VEHÍCULOS
La ITV abre un nuevo plazo de inspección de 18 meses para coches de más de diez años
Los permisos de circulación dispuestos hasta ahora para los vehículos de una década de antigüedad eran de un año.
l. u. | león
El calendario de la Inspección Técnica de Vehículos incorpora un nuevo plazo para las unidades de más de diez años que se someten a la prueba. Así, en los lineas de control que operan en la provincia se expendan ya licencias de 18 meses de periodicidad de revisión para los turismos que superan la década de puesta en servicio. Esta cadencia supone una novedad en los plazos establecidos hasta ahora, que se fijaban en un periodo bienal para los vehículos catalogados como turismos entre cuatro y diez años de vida; mientras que a partir de los diez años, el periodo de revisión se ajustaba a un periodo de un año. Si embargo, y pese a las tablas temporales que rigen en la estacionalidad de las revisiones, en las estaciones de León ya se han registrado casos de permisos concedidos con un horizonte de año y medio. Los responsables de la empresa concesionaria rehusaron comentar esta incidencia, así como los criterios técnicos o de otro tipo que se toman como referencia para ampliar el permiso de un vehículo turismo con más de diez años de antigüedad hasta el año y medio el salvoconducto para circular. Este nuevo tiempo que recogen los sellos de la inspección técnica se refiere sólo a la catalogación de turismos, la categoría que disfruta de la mayor holgura en cuanto a los plazos previstos de revisión.
El tiempo de vida que condiciona el paso por los lineales de revisión de los vehículos está fijado por la fecha de matriculación que consta en el permiso de circulación. Por eso, en el caso de coches matriculados ya con anterioridad, la antigüedad del vehículo será computada a partir de la primera matriculación, o la puesta en servicio que conste en el permiso de circulación del vehículo o documento equivalente.
En el caso de los vehículos mixtos la frecuencia de inspección resulta más restrictiva entre las que corresponden al transporte de personas o mercancías al vehículo de que se trate. Se considera un vehículo mixto el que está dispuesto especialmente para el transporte simultáneo de mercancías y hasta un máximo de nueve plazas y que se puede sustituir la carga parcial o total de forma eventual por adición de asientos. El plazo de inspección novedoso se centra en el periodo de 18 meses abierto para los turismos.
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