LEÓN ■ TRIBUNALES
En libertad con orden de alejamiento el monitor acusado de abusos sexuales
La fiscal advierte que los cargos que pesan sobre él pueden comportar ocho años de cárcel
miguel ángel zamora | león
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial decretó ayer la libertad provisional del monitor de las Escuelas Deportivas Municipales del Ayuntamiento de León acusado de presuntos abusos sexuales sobre cuatro menores, que permanecía encarcelado por esta causa desde el 31 de mayo del presente año.
La resolución determina que el sospechoso queda privado de su pasaporte, deberá comparecer a firmar en sede judicial cada lunes y se le obliga a alejarse a no menos de 500 metros de distancia del más pequeño de los menores de edad que supuestamente fue víctima de sus prácticas, un niño de nueve años.
El recluso recobró la libertad pocos minutos después de las 14.00 horas. Acompañado por una persona de su confianza, trasladó sus pertenencias a un vehículo que le esperaba en la puerta principal del Centro Penitenciario Provincial de Villahierro . El 17 de octubre se le había denegado la libertad provisional en el juzgado que investiga la causa, Instrucción 4. La Audiencia estima ahora su recurso de apelación, pese a la oposición de la fiscal, que advierte de que existe la posibilidad de que se dé un caso de abusos sexuales del artículo 183.1 del Código Penal y de otro delito de abusos sexuales del artículo 183.ter.2 de dicho código, cometidos en personas menores de 16 años y castigados con penas de prisión, el primero de ellos de hasta seis años y el segundo, de hasta dos años «indicios que vienen dados por el contenido de las declaraciones, tanto en el atestado como ante el Juzgado de Instrucción de al menos cuatro de las presuntas víctimas».
La Audiencia lo pone en libertad porque considera «una oportunidad y acicate suficientes como para que el ahora apelante haya aprovechado para reflexionar sobre los comportamientos presuntamente delictivos que indiciariamente se le vienen atribuyendo y proponerse igualmente la abstención, si fuera el caso, de seguir repitiéndolos». Cree la sala que los seis meses que lleva en prisión «es un periodo considerable que, naturalmente, atenúa la inclinación que el apelante haya podido sentir de ponerse a recaudo del control de los tribunales».
De la resolución de la Audiencia Provincial de León se dio traslado también a las familias de los menores afectados, para su conocimiento.