Diario de León

LEÓN ■ TRIBUNALES

El juez archiva la causa contra los exconsejeros de la caja por haber prescrito

Considera que la presunta responsabilidad penal por los . créditos concedidos al expresidente Santos Llamas está extinguida

Santos Llamas, con parte del Consejo de Administración en una imagen de 2010. NORBERTO

Santos Llamas, con parte del Consejo de Administración en una imagen de 2010. NORBERTO

León

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La «presunta responsabilidad penal como consecuencia de haberse apreciado la prescripción del delito societario» de administración desleal está «extinguida» en el proceso que se lleva a cabo contra los ex consejeros de Caja España que el 8 de enero de 2009 aprobaron por unanimidad refinanciar los créditos del grupo de empresas de su entonces presidente, el constructor Santos Llamas. Por lo que el Juzgado de Instrucción Número 5 de León (por auto del juez titular del número 1, en sustitución de la titular que está de baja), ordenó ayer el sobreseimiento de las diligencias previas que se han estado llevando a cabo en los últimos años y el archivo de las actuaciones. Una decisión contra la que las defensas tienen cinco días para presentar recurso de apelación; una decisión que ya han adelantado que llevarán a cabo.

El juez Fernando Javier Muñiz, que finalmente tomó declaración a los ex consejeros que decidieron responder los pasados 19 y 20 de febrero, señala en el auto hecho público ayer que el Ministerio Fiscal de León reclamó hasta en tres ocasiones la declaración de los ex consejeros de Caja España por ese acuerdo. Fue el 11 de marzo de 2015, el 24 de mayo de 2015 y el 17 de enero de este año. Citaciones como investigados que se circunscribían al «presunto delito de administración desleal» cometido en aquel consejo; ya que en los acuerdos posteriores tomados sobre el grupo de Llamas tanto en Caja España como en las entidades financieras sucesoras «o no habrían intervenido todos ellos o habrían intervenido otros consejeros»; cuya actuación no se ha cuestionado a lo largo del proceso.

Unas diligencias que se iniciaron por el fiscal provincial de León en mayo de 2013, hace ya casi cinco años, y que han seguido un largo procedimiento. En todo caso, el juez aprecia que «si el objeto de la investigación queda delimitado al acuerdo del 8 de enero de 2009», debe apreciarse prescripción, ya que transcurrieron más de cinco años desde que se aprobó el acuerdo hasta que se dictó la provindencia del 6 de abril de 2015.

Tras la denuncia de la Fiscalía en mayo de 2013 las diligencias previas se incoaron el 7 de junio de ese año. En junio de 2016 se declaró la complejidad del procedimiento, que se prorrogó el año pasado.

proceso

La denuncia del fiscal, tras la presentada por IU y Ecologistas en Acción ante la Fiscalía autonómica, señala que tanto Caja España como Caja Duero y las entidades que se sucedieron desde su fusión en 2010 concedieron al grupo de empresas vinculado a Llamas líneas de avales y financiación que «infringían no sólo la normativa del Banco de España sino las cautelas de la política de riesgos de créditos» de la propia entidad. Unas decisiones que causaron al banco unos perjuicios de 60 millones de euros, y también al interés general, ya que finalmente fue necesaria la intervención del FROB para rescatarlo.

Una denuncia que se fundamenta en un informe de dos peritos del Banco de España (cuya independencia ha sido cuestionada por las defensas) que analizaron 19 operaciones realizadas por Caja España y 17 por Caja Duero (y sus sucesoras) entre enero de 2007 y principios de 2012 a empresas del grupo de Llamas. Entre las que destaca la reestructuración el 8 de enero de 2009 de operaciones que en opinión del fiscal «debían haber sido declaradas dudosas» y que tenían morosidad, aunque la decisión no se tomó hasta 2012. Mientras, no se reclamaron nuevas garantías para asegurar un crédito que además excedía el porcentaje recomendado de concentración de riesgo.

Por eso, el fiscal considera que «serían presuntos responsables penales del presunto delito societario los miembros del Consejo de Administración de Caja España, de la Comisión Ejecutiva de Caja Duero hasta 2010; y los directivos de Ceiss a partir de esa fecha». Y el 11 de marzo de 2015 solicita la declaración como imputados de los consejeros en enero de 2009, excepto el hoy concejal Javier García Prieto, entonces aforado por su condición de procurador en las Cortes de Castilla y León.

Sobreseimiento

En diciembre de ese año ya se rechaza el sobreseimiento por prescripción del delito solicitado reclamado por las defensas, argumentando que las operaciones se extienden a todo el período de presencia de Llamas: desde junio de 2006 a octubre de 2012. Las últimas operaciones de refinanciación fueron aprobadas el 26 de enero de 2012.

En enero de 2017 un auto de la Audiencia Provincial «insinuaba» que las operaciones realizadas entre el 8 de enero de 2009 y el 26 de enero de 2012 podía tener una «continuidad delictiva» en la que no sólo habrían incurrido los consejeros citados ahora como investigados, sino otros de Caja Duero y de las entidades posteriores. El juez señala que en octubre de 2012 Llamas dimitió de sus cargos y Ceiss corrigió «las deficiencias contables» señaladas por el Banco de España. Sus créditos fueron calificados entonces como dudosos.

El pasado mes de enero fue la última vez que la juez titular del Juzgado Número 5 rechazó el sobreseimiento de la causa y citó a declarar a los investigados. Aunque el juez que ha llevado ahora la causa considera que las declaraciones solicitadas por el fiscal se circunscriben al acuerdo del Consejo de Administración de enero de 2009, por lo que en su opinión «debe apreciarse prescripción al haber transcurrido más de cinco años hasta que se dictó la providencia del 6 de abril de 2015, y en consecuencia debe acordarse el sobreseimiento y archivo de la causa».

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