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Educación incorpora el criterio de edad corregida para escolarizar a alumnos prematuros

El Bocyl recoge hoy la modificación que permite incorporarlos a un curso inferior al que correspondería por edad

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León

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El Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) publica hoy la Orden que se modifica la anterior que regula la respuesta educativa al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo escolarizado en segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Enseñanzas de Educación Especial, en los centros docentes de la Comunidad de Castilla y León. El cambio, a instancias de una actuación de oficio del Procurador del Común, implica la incorporación del criterio de edad corregido para escolarizar a alumnos prematuros, de forma que puedan acudir a un curso inferior al que les correspondería por edad, según informa la institución autonómica.

La modificación incluye en la Orden modificada una nueva Sección en el Capítulo IV Atención al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo, en concreto, la Sección Cuarta. Alumnado Prematuro, en la que se define al alumnado prematuro (“el que nace antes de las 37 semanas de gestación siempre que el alumbramiento se hubiera producido durante el último cuatrimestre del año”), y se contempla la escolarización con edad corregida (incorporación a un curso inferior al que le correspondería por edad).

El Procurador del Común tramitó de oficio un expediente para valorar la respuesta dada a la escolarización de niños prematuros en la Comunidad de Castilla y León, y, en particular, la eventual posibilidad de considerar la “edad corregida” a efectos de escolarizar a dichos alumnos. A tal efecto, en supuestos de niños prematuros severos, que incluso pueden haber nacido en el último trimestre del año, señaló que es posible advertir una enorme desventaja desde el ciclo de Infantil, debido al retraso madurativo de estos niños, puesto que eran obligados a matricularse según su edad cronológica, lo que les podía llevar a un alto índice de fracaso escolar.

La prematuridad afecta a diversas áreas de desarrollo (motora, cognitiva, de desarrollo social, de desarrollo del lenguaje y de la comunicación), y, en el ámbito de la educación, los alumnos afectados se pueden ver superados por las exigencias asociadas a su edad cronológica a medida que se va produciendo el desarrollo evolutivo.