León ■ Tribunales
El Supremo ratifica la absolución de la viuda de Larralde
Considera que el hecho de que supiera que iba a ocurrir el crimen no la hace partícipe.
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El Tribunal Supremo considera que el hecho de que Miriam Caballero pudiese tener constancia de que se iba a cometer el crimen que acabó con la vida de Roberto Larralde no es motivo suficiente para condenarla, tal como recogió en su sentencia el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, por lo que ha decidido desestimar el recurso presentado por la familia de la víctima y el elevado a la sala por el autor intelectual, Julio López, que deberá seguir en prisión.
«A lo más que puede conducir es a tener por probado, en el peor de los casos, que Miriam sabía lo que Julio y José Ramón se proponían y hasta que le parecía bien, pero ni un solo acto de colaboración superior a la mera pasividad o complacencia, que en modo alguno cabe identificar con las conductas de autoría o complicidad prevenidas en los artículos 28 y 29 del Código Penal».
Para el Alto Tribunal «el jurado declaró probado que en la muerte de Roberto tuvo una intervención decisiva su esposa Miriam ‘al inducir o colaborar decisivamente con su compañero sentimental Julio López a la comisión del crimen, y que el viaje a Madrid lo planificaron de común acuerdo Julio y Miriam a modo de excusa o coartada, pues sabían que José Ramón esa noche iba a dar muerte a Roberto, pero lo cierto es que los jurados no especifican en qué consistió esa inducción o esa cooperación, ni cuándo ni de qué forma se produjo, máxime cuando en los apartados tercero y cuarto de los hechos probados se recoge como es Julio quien decide planear la muerte de Roberto por su deseo de seguir viendo a Miriam, para lo cual contacta con José Ramón, y es especialmente significativo que en la reunión del día 13 septiembre 2014 sobre las nueve de la noche en el bar Granada, entre Julio y José Ramón en la que planean la muerte a Roberto que tendría lugar en las horas siguientes, no estuvo presente ni intervino en forma alguna Miriam».
Respecto a Froilán Álvarez, el detective privado, «es probable que supiese lo que se tramaba pero eso no implica, por sí solo, su participación como cooperador necesario o cómplice». Aún cabe la opción de recurrir al Tribunal Constitucional.