Diario de León

El Tarcyl obliga a León a motivar por qué da el contrato de la iluminación a OHL

El tribunal retrotrae el concurso al momento anterior a la adjudicación porque no está «razonado de manera clara».

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Álvaro Caballero | león

No. Por el momento, el contrato de renovación, mantenimiento y gestión integral del servicio de la iluminación exterior del Ayuntamiento de León para los próximos años no será para la UTE formada por OHL, Ingesán y Fermasa. El Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de Castilla y León (Tarcyl) obliga al Ayuntamiento de la capital leonesa a retrotraer el procedimiento «al momento de la valoración de los criterios sujetos a juicio de valor». El órgano dependiente del Consejo Consultivo, como respuesta al recursos presentado por la empresa que no resultó adjudicataria, Ferrovial, ordena que «se proceda a emitir un informe razonado de las proposiciones en el que se motiven suficientemente las puntuaciones otorgadas a cada oferta y se razone de manera clara la diferencia de puntuación entre ellas».

El dictamen del Tarcyl retrasa de nuevo la puesta en funcionamiento del contrato más cuantioso de la administración municipal en los últimos mandatos, cifrado en 20.789.012 euros, a razón de 2.078.901,23 euros por cada anualidad hasta sumar las 10 totales del compromiso. El cambio al sistema de eficiencia energética de los 20.014 puntos, las 1.519 columnas y los 150 centros de mando, además de la instalación de la telegestión para los 210 cuadros de control y la reposición del cable robado, tendrá que esperar como muy pronto hasta la próxima primavera.

Pero ni siquiera este horizonte parece fiable a la vista del bloqueo administrativo que tiene el contrato. La resolución del Tarcyl incide en que, una vez que se haya hecho el informe requerido, Ferrovial podrá volver a interponer recurso especial y solicitar «el acceso al expediente». El apunte efectuado por los jurídicos resuelve la reclamación sobre la confidencialidad de parte de la documentación, solicitada tanto por la adjudicataria como por la recurrente, y que abarca a cerca del 90% del total de la oferta. Estos documentos confidenciales, a los que tienen derecho por preservar sus «intereses comerciales» y sólo acceden los técnicos que valoran las ofertas, no pueden «abarcar la práctica totalidad de la oferta técnica» sin que «se motive mínimamente por qué tiene tal carácter». Esta motivación tampoco se ha dado, como se cita en el dictamen, que incide en que debe atenderse esta cuestión y que podría enmarañar de nuevo el proceso una vez que esté el informe de valoración técnica.

La diferencia entre las dos ofertas es mínima. Después de que se descartara a la tercera aspirante, la UTE formada por FCC y Telice, por no adecuarse a los pliegos, la diferencia entre OHL-Ingesán-Fermasa y Ferrovial quedó en apenas 3 puntos: 96,44 frente a 93,44 puntos. Dentro de este total, la recurrente incluso contó con mejor puntuación en la oferta económica, al proponer una factura de 20.286.221 euros, por debajo de los 20.789.012 euros de la ganadora, que logró hacerse con la adjudicación gracias a la valoración de la parte técnica.

Parte de esta valoración se debe a la documentación considerada confidencial y a la que no se da acceso al resto de empresas. Esta situación se une, como se reseña en la resolución, a que en la notificación «no aparece reflejado un desglose de la puntuación técnica respecto de los criterios valorables y la puntación atribuida, por lo que es evidente que el contenido de la notificación no permite realizar una comparación entre las ofertas de la adjudicataria y la recurrente». «No se ha suministrado información suficiente acerca de las razones determinantes de la preferencia de la oferta de la adjudicataria ni de la aplicación de los criterios de valoración de la oferta de la recurrente», se cita en la resolución, que abunda en que el tribunal no «prejuzga la corrección de la concreta puntuación que se contiene en el informe de valoración examinado».

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