La ‘ley mordaza’ pulveriza en un 30% los delitos contra el orden público en la ciudad
Las novedades en la ley provocan sanciones que alcanzaron en el último año un montante de 830.832 euros .
miguel ángel zamora | león
Los delitos relacionados con las infracciones a las que hace mención la llamada ‘ley mordaza’ descendieron un 30% aproximadamente en el primer año de vida de la nueva normativa, de acuerdo a los datos facilitados por el Ministerio del Interior, que aún no ha hecho oficiales las cifras correspondientes al ejercicio 2018.
León registró en el año 2017 un total de 1.419 sanciones por delitos contra la ley mordaza que sumaron multas de 830.832 euros. En el año 2016, cuando la normativa todavía no estaba en vigor, se habían registrado en 1.496 sanciones por estos delitos, que acumularon multas por valor de 811.372 euros.
Los principales delitos relacionados con la ‘ley mordaza’ son los referentes al consumo de drogas en la vía pública en determinados supuestos, la utilización de armas prohibidas, todos los comportamientos en los que se evidencie una falta de respeto a los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado o los desórdenes en la vía pública.
En el informe de Interior no se hacen constar infracciones muy graves, que básicamente están conformadas por reuniones o manifestaciones no comunicadas o prohibidas en infraestructuras o instalaciones que prestan servicios básicos para la comunidad, la fabricación reparación o almacenamiento de artículos explosivos y armas antirreglamentarias, cualquier clase de celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas que hayan sido prohibidas o también la proyección de haces de luz sobre conductores de medios de transporte.
OCUPACIÓN DE INMUEBLES
Tres casos de ocupación de inmuebles viviendas o edificios ajenos o de permanencia en ellos contra la voluntad de su propietario fueron registrados en la provincia, si bien se considera que estas conductas no llegaron a ser constitutivas de infracción penal. Sí lo fueron 14 episodios en los que se registraron irregularidades en la cumplimentación de los registros con trascendencia para la seguridad ciudadana, incluyendo la alegación de datos o circunstancias falsos o la omisión de comunicaciones obligatorias dentro de los plazos establecidos.
No hubo ningún tipo de detención por carencia de documento nacional de identidad y en siete episodios se registraron daños de bienes muebles o inmuebles de uso público, así como de bienes privados en la vía pública, en comportamientos que no llegaron a ser considerados como infracción penal.
ESCALADAS ILEGALES
No hubo que registrar ningún tipo de escalada ilegal en edificios, epígrafe en el que había habido tres episodios en el año 2016, mientras que sí se registró un episodio de remoción de vallas, encintados y otros elementos fijos o móviles colocados por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para delimitar parámetros de seguridad, aun con carácter preventivo aunque no se consideró una infracción grave y fue sancionada con una multa de 200 euros únicamente.