Diario de León

La nueva ordenanza obliga a pedir un permiso para la venta ambulante cada 10 años

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DL | León

La Ordenanza Reguladora de la venta ambulante en mercados del municipio de León entró en vigor tras su publicación en Boletín Oficial de la Provincia y establece una vigencia máxima de diez años para las autorizaciones de los puestos ambulantes, teniendo que solicitarse de nuevo pasado ese plazo. Es decir, el permiso no podrá renovarse si no que el solicitante deberá cumplir todo el proceso para solicitar un nuevo permiso.

La ordenanza aprobada por el Ayuntamiento de León regula la venta ambulante en el Ecomercado, en las inmediaciones del Mercado del Conde, la venta de flores frente al cementerio en la festividad de Todos los Santos o la venta de textil en las proximidades del mercado de la Plaza Mayor.

La nueva normativa recoge, entre otros aspectos, el acceso a una autorización para la venta ambulante a todos los mercados municipales de venta ambulante periódicos y regulados. También elimina trabas administrativas, al sustituir la presentación de determinados documentos por una declaración responsable y facilita el acceso a la información y a los modelos de solicitudes y de declaraciones mediante medios informáticos, según Ical.

Asimismo, establece para todos los mercados municipales de venta ambulante periódicos y regulados procedimientos y criterios transparentes, imparciales y públicos para la adjudicación de las autorizaciones, la normalización de un modelo de autorización que recoge los datos de la persona que realiza la venta, incluyendo una dirección para el envío de posibles reclamaciones.

Esta ordenanza municipal para todos los mercados incluye también las infracciones, clasificándolas en leves, graves y muy graves y se determinan las sanciones, que podrán ir desde el apercibimiento, hasta una multa de 3.000 euros y la revocación parcial o total de la autorización de venta, o la suma de ambas y remarca que es obligatorio que antes del inicio de la actividad, la persona autorizada para la venta ambulante, debe justificar la disponibilidad del correspondiente seguro de responsabilidad civil que cubra los riesgos del ejercicio de la actividad. También garantiza que los puestos que resulten vacantes se ofrezcan a cualquier persona interesada a través procedimientos y criterios transparentes, imparciales y públicos.

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