POLÉMICA
El lunes comienza la temporada de caza
El Bocyl recoge en su edición de hoy la modificación de la Ley 4/1996, que se aprobó el pasado miércoles sin ningún voto en contra y con la abstención de Podemos
El próximo lunes, 1 de abril, se abrirá definitivamente la temporada de caza en Castilla y León, tras la publicación en la edición de hoy del Bocyl de la modificación de la Ley 4/1996 o Ley de Caza en la Comunidad Autónoma de Castilla y León, que se aprobó el pasado miércoles en las Cortes autonómicas sin ningún voto en contra y con la abstención de Podemos.
La nueva norma establece que el 1 de abril se abre la veda para cazar especies como el corzo, la cabra montesa, el jabalí o el zorro, con el objetivo de conservar la naturaleza, proteger los ecosistemas y dinamizar las economías rurales. “La caza es una actividad que debe ejercitarse de manera racional y ordenada, de manera que se garantice la existencia permanente del propio recurso, es decir, el estado de conservación favorable de las especies que aquí se regulan, su utilización razonable y la estabilidad de los procesos y equilibrios naturales”, refleja la norma.
En Castilla y León, más del 88 por ciento de su superficie son terrenos cinegéticos y la mayor parte de los mismos, en torno a 78.000 kilómetros cuadrados, están constituidos bajo la figura de cotos privados de caza. Desde el Gobierno regional apuntan que la actividad cinegética se ha demostrado en los últimos años como la herramienta de gestión y control más eficaz de las poblaciones de ungulados silvestres, jabalíes o conejos, que permite reducir los daños ocasionados por esta fauna silvestre sobre los cultivos, la ganadería, los accidentes de tráfico y evitar posibles epizootias y zoonosis, tales como la tuberculosis bovina, la peste porcina africana, etc.
Asimismo, recalcan que las autoridades internacionales y nacionales están cada vez más preocupadas por las repercusiones que las enfermedades transmisibles por los animales silvestres puedan tener para la salud pública y la seguridad alimentaria.
También apuntan que las cifras de siniestralidad que ocasiona la fauna silvestre cinegética constituyen un motivo de preocupación en todos los países de la Unión Europea. Las políticas públicas de seguridad vial exigen la reducción de los efectivos de poblaciones de ungulados silvestres en determinadas comarcas de forma prioritaria por parte de los poderes públicos y, para lograr esta medida, la herramienta más efectiva es la caza.
Del mismo modo, subrayan que las comarcas rurales de Castilla y León, especialmente las menos industrializadas o pobladas, son las más vinculadas a la actividad económica derivada de la caza, hasta el punto que los ingresos obtenidos de la misma constituyen su principal fuente de riqueza y contribuyen, por tanto, a evitar la despoblación del medio rural.
Por todo ello, desde el ejecutivo que preside Juan Vicente Herrera han considerado preciso dotar a la actividad cinegética en Castilla y León de un marco jurídico estable que garantice la protección de las especies cinegéticas de acuerdo con lo establecido en el marco comunitario y nacional, y asegure el control de las poblaciones cinegéticas cuando estas afectan a la seguridad y salud de las personas y sus bienes, modificando para ello la Ley 4/1996, de 12 de julio.
Fechas
En cuanto a la caza menor se establece como temporada general la caza de la liebre con galgo desde el día 12 de octubre hasta el cuarto domingo de enero del año siguiente, y en el resto de especies y modalidades de caza menor desde el cuarto domingo de octubre hasta el cuarto domingo de enero del año siguiente, además de las fechas que se establecen para la media veda.
Por lo que respecta a la media veda, desde el 15 de agosto hasta el tercer domingo de septiembre se podrán cazar las siguientes especies: codorniz, urraca, corneja, conejo y zorro. Desde el 25 de agosto hasta el tercer domingo de septiembre se podrán cazar, además, las siguientes especies: tórtola común, paloma torcaz y paloma bravía. En el caso del zorro, se podrá cazar durante el ejercicio de la caza de cualquiera de las especies de caza mayor, y las palomas y zorzales en migración en pasos, desde el 1 de octubre hasta el segundo domingo de febrero del año siguiente.
Respecto a los días hábiles, la temporada general se fija los jueves, sábados, domingos y festivos de carácter nacional y autonómico, y la media veda, los martes, jueves, sábados, domingos y festivos de carácter nacional y autonómico, sin limitación en el caso de las palomas y zorzales en migración en pasos.
En lo que respecta a la caza mayor, los periodos hábiles son, en el caso del ciervo y gamo, desde el primer domingo de septiembre hasta el cuarto sábado de septiembre únicamente a rececho y aguardo/espera; desde el cuarto domingo de septiembre hasta el cuarto domingo de febrero del año siguiente, en todas sus modalidades.
El muflón, durante todo el año únicamente a rececho y aguardo/espera; desde el cuarto domingo de septiembre hasta el cuarto domingo de febrero del año siguiente, en todas sus modalidades. El corzo, para ambos sexos, desde el 1 de abril hasta el primer domingo de agosto, y desde el 1 de septiembre hasta el segundo domingo de octubre. Además, las hembras también podrán cazarse desde el 1 de enero hasta el cuarto domingo de febrero.
El rebeco podrá cazarse desde el 1 de mayo hasta el 15 de julio y desde el 1 de septiembre hasta el 15 de noviembre. La cabra montés, desde el 1 de marzo hasta el 30 de junio, y desde el 15 de septiembre hasta el 15 de diciembre. El lobo, desde el cuarto domingo de septiembre hasta el cuarto domingo de febrero del año siguiente. El jabalí, desde el cuarto domingo de septiembre hasta el cuarto domingo de febrero del año siguiente, en todas las modalidades. Además, en el periodo hábil para la caza del corzo, se podrá cazar el jabalí durante el ejercicio de la caza de aquella especie.
Respecto a los días hábiles, para la caza mayor serán los estipulados en la aprobación de los correspondientes Planes Cinegéticos.