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Tribunales

Absuelta una médica de abonar 198.000 euros de indemnización

La jueza no ve negligencia en una intervención ginecológica de urgencia

Imagen de los Juzgados de León. JESÚS F. SALVADORES

León

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El juzgado de Primera Instancia número 2 de León ha absuelto a una ginecóloga leonesa de abonar una indemnización de 198.136 euros a una paciente que la acusaba de negligencia médica. Los hechos se remontan a enero de 2015, cuando la demandante tuvo que ser intervenida de urgencia por una tumoración quística en el ovario con torsión, una patología que puede resultar mortal.

La demandante mantenía que como consecuencia de la cirugía sufrió una lesión en dos nervios abdominales que motivaron que, posteriormente, fuera necesario instaurarla un neuroestimulador para el tratamiento del dolor que sentía, algo que, según afirmó, redujo su calidad de vida y la limitó para las actividades normales.

Sin embargo, la jueza valoró que en la intervención quirúrgica que la realizaron no existió mala praxis. Reconoce que por la zona de extirpación pasan los nervios ilios que irrigan la zona, pero «no hay forma de controlar si se dañan o no», ni se puede «prever evitar esa lesión» que, por otra parte, «es una afectación extremadamente extraña, pero no descartable», señala en la sentencia. De ahí que estime que «no hubo responsabilidad» de la ginecóloga en la operación, como defendía la asesoría jurídica del Colegio de Médicos de León.

La sentencia analiza también si pudo producirse una pérdida de oportunidad en la paciente, ante un posible retraso diagnóstico o en el tratamiento. La magistrada constata que la ginecóloga derivó a diversos especialistas a la paciente en función del dolor que le describía, «sin que se le pueda exigir la capacidad de detección de dicho dolor como si se tratara de una neuróloga». Según la prueba practicada en el acto de la vista, efectivamente se tardaron varios meses en llegar al diagnóstico, pero la tardanza «no es atribuible a la médico, por cuanto ésta no ha tenido actuación negligente ni contraria a la lex artis», indica.   La sentencia desestima la demanda, absuelve a la ginecóloga y a su compañía aseguradora de la responsabilidad civil e impone las costas del juicio a la paciente demandante, que ha recurrido el fallo ante la Audiencia Provincial de León.

  Dada la complejidad de este tipo de casos y el escrutinio público al que se somete la actividad médica, la asesoría del Colegio de Médicos ha logrado este año exonerar a nueve facultativos acusados de homicidio imprudente, entre ellos, a dos, tras un proceso que se prolongó diez años. La experiencia en defender los pleitos contra los facultativos se extendió a otro medio centenar de contenciosos y a 200 casos de reclamaciones de los propios profesionales por cuestiones laborales contra el Sacyl. La única condenada este año fue una MIR no defendida por el Colegio cuya pena fue un año de prisión, tres de inhabilitación e indemnización de 200.000 euros.