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León

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Los leonesistas defendieron que hay tres vías para la creación de la comunidad. La más rápida pasaría por su nacimiento a partir de una Ley Orgánica que tendría que ser aprobada por las Cortes Generales, de acuerdo al artículo 144 de la Constitución. El artículo 143.1 permitiría crear la autonomía después de que las Cortes autonómicas, de acuerdo al Estatuto de Castilla y León, aprobara la separación por medio de un acuerdo que tendría que refrendarse por mayoría absoluta. La tercera opción, recogida en el 143.2, requeriría el apoyo de todas las diputaciones y dos tercios de los ayuntamientos cuya población si representa, al menos, la mayoría del censo electoral de cada provincia.

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