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Tribunales

Absuelven a un catedrático de la ULE acusado de injurias contra el rectorado

Mandó más de 400 correos electrónicos denunciando supuestas prácticas de corrupción

León

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Un profesor y catedrático de la Universidad de León ha sido absuelto del delito de injurias por el que le había acusado la Universidad de León, tras enviar 400 correos a personas con responsabilidad de mando en la institución y a otros rectores de universidades del país, denunciando supuestas prácticas de corrupción en la institución. El Juzgado de Instrucción número 2 de León dictó un sobreseimiento provisional que ha sido ratificado por la Audiencia Provincial, por entender que se trata de un ejercicio de libertad de expresión.

El apartado primero de fundamentos de derecho de la sentencia explica que según la denuncia, mediante más de cuatrocientos correos electrónicos remitidos a los miembros del Consejo de Departamento, Consejo de Gobierno, Secretaría General, Rectorado, todos ellos órganos de la Universidad de León, cargos y personas físicas relacionadas con ésta, tanto dentro de la institución como fuera, incluso otras universidades, periódicos y otros medios de comunicación, el sospechoso había iniciado una campaña de desprestigio y difamación, contra la honorabilidad, dignidad e imagen tanto de la institución universitaria como de las personas que ostentan responsabilidades en la misma, ahora y anteriormente.

Muy extendido
El mail se remitió también a los rectores de otras universidades y a los medios informativos

«Dicha campaña difamatoria la realiza el conciliado mediante correos electrónicos remitidos a numerosas personas relacionadas con la Universidad, imputando y difundiendo calumnias e injurias, referidas tanto a la propia Universidad como a los miembros de la misma, especialmente los rectores, órganos de gobierno y profesores, campaña que pareció culminar con la remisión por el querellado de lo que denomina Breve historia de la corrupción Enero 2018 , mediante correo electrónico de fecha 23 de enero de 2018, dirigido nada más y nada menos que a 80 direcciones, todas ellas de personas relacionadas con la Universidad de León, profesores y cargos de la misma, etc, e incluso varios de los correos fueron enviados a personas de otras universidades, especialmente rectores», refleja la sentencia.

NO HAY DELITO

El auto recurrido entiende que los hechos objeto de la querella no tienen trascendencia penal «en cuanto constituyen una crítica que puede ser mordaz e hiriente en el ejercicio de la libertad de expresión del querellado». No fue necesario llegar a juicio porque «con la resolución recurrida se conforman tanto el querellado como el Ministerio Fiscal, afirmando éste último que no hay suficientes indicios de falta de veracidad y conocimiento de la falsedad de lo que el querellado aduce, y alegando también que los funcionarios públicos deben soportar las críticas y opiniones adversas en pro del derecho de información y la libertad de expresión, siempre que tengan directa y evidente relación con el desempeño de sus cargos».

Aclara la Audiencia que el sobreseimiento no se acuerda por falta de indicios de criminalidad, «sino porque los hechos objeto de la querella no son constitutivos de delitos de injuria y calumnia».

De acuerdo al artículo 208 del Código Penal «solamente serán constitutivas de delito las injurias que, por su naturaleza, efectos y circunstancias, sean tenidas en el concepto público por graves. Las injurias que consistan en la imputación de hechos no se considerarán graves, salvo cuando se hayan llevado cabo con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio».