Diario de León

Absuelto el policía al que se le disparó el arma en un arresto

Instrucción 3 archiva la causa y abre otra contra el detenido por dos robos con violencia

León

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La causa abierta por las lesiones sufridas por un individuo, herido tras disparársele el arma de forma accidental al policía local que lo estaba deteniendo, queda archivada por decisión del Juzgado de Instrucción número 3 de León, que considera que solamente procede continuarla bajo la acusación de dos delitos de robo con violencia de los que resulta investigado el arrestado.

«El recurso de apelación interpuesto por el detenido se sustenta en la falta de motivación suficiente del auto por el que se decreta el sobreseimiento provisional de la causa en relación con esas lesiones sufridas por arma de fuego, estimándose que, al producirse esas lesiones por un arma plenamente identificada en el procedimiento, sin que conste en la investigación acción alguna tendente al esclarecimiento de los hechos en relación con la trayectoria de los disparos, la distancia ni el número de disparos efectuados, procede acordar se amplíe la investigación a efectos de llevar a cabo análisis químico y reconstrucción de los hechos afectantes a las lesiones sufridas por el recurrente, al efecto de identificar la trayectoria de los disparos, la posición del tirador y de la persona que los recibe, el número de disparos efectuados y la eventual presencia en la ropa del mismo de restos que señalen si los disparos se efectuaron a quemarropa, cañón tocante o en todo caso la distancia existente entre la boca del cañón y el recurrente», dice el auto.

«La versión de los hechos dada por el propio recurrente en su declaración ante el Juzgado de Instrucción el día 2 de abril de 2019, no es creíble, habiendo manifestado el detenido que el agente disparó el arma de forma voluntaria cuando el mismo estaba agarrado a una tapia y con las manos en alto, es decir, en disposición de entregarse a los agentes que le acorralaban en un espacio en que cualquier fuga estaba impedida por la tapia misma. La propia instructora advirtió esa contradicción, preguntando al investigado cómo es posible que tuviera las manos levantadas en el momento en que recibió el impacto en el brazo, si estaba agarrado a una tapia cuestión que no pudo el interpelado resolver mediante un relato alternativo, mínimamente verosímil ni, por supuesto, acreditarse siquiera de manera indiciaria través de elemento de corroboración alguno», sostiene el texto que cierra la instrucción.

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