Ratifican la pena al joven que impidió a su novia ir a la universidad por celos
El acusado ingresará en prisión a no ser que prospere un recurso ante el Tribunal Supremo
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ratificó la sentencia de la Audiencia Provincial de León que condenó a un joven a una pena de dos años y medio de cárcel por un delito de maltrato habitual y más de cuatro años de prisión por cinco delitos de maltrato contra su novia, a la que agredía por pensar que podía serle infiel y le prohibió matricularse en Historia del Arte de la Universidad de León «porque allí hay muchos chicos».
El acusado y la denunciante mantuvieron una relación sentimental estable que duró aproximadamente cuatro años, finalizando, a instancias de la mujer, en los últimos días del mes de noviembre de 2018. En el curso de dicha relación, y ya desde un principio, el varón dio muestras de un comportamiento violento y agresivo hacia su pareja, como manifestación de su dominio sobre ella, con constantes amenazas, humillaciones y agresiones físicas, con intención de menospreciarla, anularla y denigrarla, aislándola tanto de su familia y amigos, como de sus compañeros de estudios. Todo ello acompañado de un férreo control sobre todos los aspectos de la vida de la mujer.
«La defensa del acusado apelante, en la maraña de alegaciones que incluye en su escrito de recurso, muchas de ellas de carácter genérico y que ninguna relación tienen con el caso que nos ocupa, en realidad se centra en impugnar tres aspectos muy concretos en este ámbito de obligado respeto a la presunción de inocencia y de las exigencias probatorias». Dice que la base de la acusación son whatsapps incorporados al procedimiento ilegalmente, que no está detallada la existencia de una relación sentimental y que la víctima incurre en contradicciones con el testimonio de su padre.
El TSJ rechaza estos argumentos, ratifica la pena impuesta por la Audiencia Provincial y abre la posibilidad de un recurso de casación ante el Tribunal Supremo en Madrid.