Reapertura de la causa
Piden reabrir la investigación por la muerte de un guardia leonés en la Operación Nécora
La Audiencia de Pontevedra da el caso por prescrito y lo achaca a un suicidio pese a que no había pólvora en sus manos
La Audiencia Provincial de Pontevedra decretó el archivo de la causa abierta por la muerte de Agustín Rodríguez, un guardia civil de Quintana del Castillo, que en el año 1991 falleció en Pontevedra tras un disparo en la sien cuando se encontraba inmerso en una investigación sobre un grupo de narcotraficantes relacionados con la Operación Nécora. La Audiencia determina que el caso debe ser considerado un episodio de suicidio, a pesar de que no se hallaron restos de pólvora en sus manos, según se refleja en la autopsia realizada por el Instituto de Medicina Legal.
El hermano de la víctima ha decidido solicitar la reapertura de la causa, porque considera que la investigación fue muy deficiente y llama la atención sobre el hecho de que no hayan vuelto a alojarse agentes de la Benemérita en el hostal donde pernoctaba el fallecido durante los días que duró la investigación. Según la misma fuente, al menos un testigo sostiene que su declaración aportada al sumario contiene importantes modificaciones respecto a la que prestó ante la Guardia Civil, pero fue conminado a firmarla tal y como se había redactado.
Los hechos ocurrieron el 13 de agosto de 1991. Según consta en el informe policial, sobre las 7.50 horas de la mañana se recibió una llamada informando de que en la localidad pontevedresa de Poyo un agente joven había sido hallado en el interior de su vehículo de patrulla de la Guardia Civil, vestido de paisano, con un orificio de entrada y otro de salida en sus sienes y una pistola en sus manos.
Reacción
Un recurso de súplica solicita que se amplíe la investigación, que la familia ve deficiente
El testimonio de sus compañeros, que obra en autos y al que ha tenido acceso este periódico, refiere que el fallecido se encontraba en estado de absoluta normalidad la víspera de su fallecimiento. Lo mismo declaró el dueño del hostal en el que pernoctaban los investigadores, que posteriormente solicitó ampliar su declaración de forma un tanto sorprendente «porque había omitido que el agente había consumido tres cubalibres» antes de abandonar el establecimiento.
Sin motivos
No obstante, el primer informe de la autopsia señala como causa de la muerte «un disparo por arma de fuego», pero no lo atribuye a ningún motivo en concreto. Ya desde Madrid se elabora un informe en el que se concreta que el cañón «estuvo en contacto parcial con la piel», y que se realizó «a cañón tocante» pero no atribuye la autoría al propio fallecido.
Referencias
El agente estaba investigando una parte relacionada con la causa cuando perdió la vida Razonamiento «Mi hermano se iba a presentar a la academia de fiscales, no podía estar en su mente nada raro»
Posteriormente se elaboró un informe desde el Centro de Investigación y Criminalística en el que se afirma que tras una exhaustiva inspección de las manos derechas e izquierda del fallecido «no se obtienen resultados de partículas» de pólvora: «La superficie se halla muy limpia, no obteniendo resultado positivo»,
Auto de extinción
La Audiencia Provincial de Pontevedra decreta en el auto la extinción de la responsabilidad criminal por cuanto solamente los crímenes de carácter terrorista están exentos de prescripción. La representación letrada de la familia del fallecido expone en un recurso de súplica que puede concurrir esa circunstancia, puesto que el fallecido investigaba los lazos de conexión de una banda de narcotraficantes gallegos y sus posibles nexos de unión con autoridades del noroeste del país, a las que se refieren de forma indirecta diferentes publicaciones editoriales y trabajos cinematográficos de reciente aparición pública. El caso, por ahora, se da por archivado judicialmente.