Diario de León

C. S. fue expusado por pedir favores sexuales a mujeres que pedían asistencia

El juzgado ve procedente el despido del funcionario del Colegio de Abogados imputado por acoso sexual

El Juzgado de lo Social número uno de León ha emitido una sentencia favorable al despido del trabajador del Colegio de Abogados, imputado por un presunto acoso sexual

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El administrativo del Colegio de Abogados de León fue despedido a finales del mes de julio cuando una mujer que había acudido a solicitar asistencia jurídica a la entidad presentó una denuncia contra él porque la había acosado con insinuaciones para mantener relaciones íntimas. Con motivo de la denuncia, el Colegio de Abogados, la junta de gobierno de esa entidad, inició unas investigaciones que acabaron con el descubrimiento de que la misma conducta denunciada contra su administrativo se había repetido con anterioridad y con la carta de despido para el trabajador. C. S. recurrió al Juzgado de lo Social, que emitió una sentencia favorable al despido ejecutado por el Colegio de Abogados. Los fundamentos de la sentencia emitida por el número uno de lo Social de León recoge las imputaciones que el Colegio de Abogados atribuye al trabajador demandante, C. S., «una conducta significadamente desleal y transgresora de la buena fe contractual, originadora de graves perjuicios para la imagen que la institución colegial viene obligada a mantener». Las infracciones imputadas son dos, según recoge el texto que argumenta la sentencia: las insinuaciones de tipo sexual con mujeres solicitantes del beneficio de la justicia gratuita y la extralimitación de sus funciones y la invasión de las propias de los letrados del servicio de orientación jurídica. Imputaciones que quedaron probadas con el testimonio de las tres denunciantes contra la actitud acosadora de C. S. Transgresión de la buena fe Desde el punto de vista jurídico, la transgresión de la buena fe constituye una acción contraria a los especiales deberes de conducta que deben presidir en la ejecución del contrato de trabajo. La sentencia del Juzgado de los Social recoge las alegaciones del demandante, basadas en la prescripción de infracciones achacadas a su conducta.

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