Sin coste para el propietario cuando se destruyan
Una vez que la DGT decida la baja definitiva de estos vehículos sin ITV ni seguro desde hace diez años o más, la nueva normativa exige la entrega por el usuario —ante este final de su vida útil— y su recogida para su descontaminación en centros de tratamiento específicamente autorizados, así como «la correcta gestión ambiental de los elementos y componentes extraídos del vehículo y el cumplimiento de los objetivos de reutilización, reciclado y valorización establecidos por la directiva europea». También los propietarios de estos viejos vehículos deben acreditar su entrega en un centro autorizado a través de un certificado de destrucción.
La entrega no supondrá coste alguno para su titular «cuando el automóvil al final de su vida útil carezca de valor de mercado o éste sea negativo, siempre que contenga, al menos, la carrocería y el grupo motopropulsor, y que no incluya otros elementos no pertenecientes al mismo ni se le haya realizado ningún tipo de operación previa de desmontaje de componentes, partes o piezas».
Los ayuntamientos entregarán, sin coste alguno para ellos tampoco, los automóviles abandonados a un centro de tratamiento para su descontaminación y tratamiento, «sin perjuicio del cumplimiento de la normativa sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial».
La emisión del certificado de destrucción o de tratamiento medioambiental da lugar a la obligación de descontaminación del vehículo al final de su vida útil en 30 treinta días naturales.