Aprobada la Ley de Eficiencia para el Servicio Procesal de Justicia
El Consejo General del Poder Judicial aprobó el informe al anteproyecto de Ley de medidas de eficiencia procesal del Servicio Público de Justicia, cuyo objetivo es hacer frente al conjunto de insuficiencias estructurales que padece desde hace décadas el sistema de justicia y que han dificultado que ocupe plenamente el lugar que merece en una sociedad avanzada, partiendo de la premisa de que los problemas crónicos que padece el sistema no se encuentra en el déficit de recursos de que adolece, sino en la escasa eficiencia de las soluciones que sucesivamente se han ido implantando para reforzar la Administración de Justicia como servicio público.
El informe aprobado por el órgano de gobierno de los jueces, considera sin embargo que el anteproyecto parece confundir los conceptos de eficiencia, eficacia y efectividad, «pues si bien determinadas disposiciones se muestran nítidamente eficaces y es fácil adivinar su efectividad, en otras es dudosa la concurrencia de tales cualidades».
La función
El objetivo es hacer frente al conjunto de insuficiencias estructurales que padece el sistema de justicia
El texto también observa el marcado carácter coyuntural de la norma proyectada, vinculada a la actual situación de crisis sanitaria y a la afectación del sistema de justicia por razón de ella, por lo que cuestiona «la idoneidad de unas medidas de reforma adoptadas a la vista de tal coyuntura y que, no obstante, se articulan con vocación de generalidad y permanencia».
Destaca en este sentido el establecimiento de presupuestos o requisitos de procedibilidad que condicionan el ejercicio del derecho a la tutela judicial, como el diseño de un régimen de solución de conflictos previo a la jurisdicción, que queda en un segundo escalón, con el riesgo de ver degradada su función constitucional, cuya relevancia se relativiza.
Algunas de las medidas introducidas llegan a tensionar principios básicos del sistema procesal civil.