Empleo
La Junta convoca un programa de formación con compromiso de contratación para empresas
Los beneficiarios tienen que tener la mitad de contratos formativos
El Bocyl publicó ayer la convocatoria de ayudas destinadas a la formación de trabajadores desempleados a través de las empresas de Castilla y León que se comprometan a contratar, como mínimo, a la mitad de los desempleados que hayan participado en las acciones formativas financiadas. Esta iniciativa pretende, por un lado, favorecer la inserción laboral de las personas en situación de desempleo, y por otro, que las empresas cuenten con profesionales con la formación específica y adaptada a las necesidades de los puestos de trabajo a cubrir.
Mediante este programa se financiarán aquellas acciones específicas de formación profesional para el empleo desarrolladas por empresas y entidades privadas sin ánimo de lucro que tengan la necesidad de incorporar nuevos trabajadores o que vayan a iniciar su actividad en la comunidad de Castilla y León. Los beneficiarios de estas ayudas deberán comprometerse a contratar, como mínimo, al 50% de los alumnos que hayan formado.
Condicionantes
El objetivo de este programa es mejorar la empleabilidad de los desempleados de la comunidad mediante la adquisición de un nivel de cualificación profesional que les permita adaptarse a los cambios tecnológicos y a la innovación en consonancia con las demandas empresariales y los requerimientos actuales y futuros del mercado de trabajo.
La formación propuesta para su financiación deberá ser formación ad hoc , de modo que los cursos atiendan a necesidades específicas de cualificación demandada por la propia empresa o entidad solicitante, o bien podrá identificarse con alguna de las especialidades formativas del Catálogo de Especialidades Formativas, incluidas las conducentes a la obtención de certificados de profesionalidad.
Las acciones formativas deberán impartirse en el territorio de Castilla y León, en las instalaciones del propio beneficiario o en las de un centro o entidad de formación, y en la modalidad presencial, aunque, como medio complementario y adicional para desarrollar el proceso formativo, se admite la utilización de un aula virtual o del sistema de formación bimodal o aula espejo.
El cumplimiento del compromiso de contratación deberá hacerse efectivo antes de que finalice el plazo de justificación de la subvención. Los alumnos deberán ser contratados por la propia empresa o entidad beneficiaria, o por alguna de las empresas integrantes del grupo empresarial del que forma parte el beneficiario. La contratación deberá mantenerse durante un período de 6 meses si la jornada de trabajo es a tiempo completo, 9 meses si la jornada es igual o superior al 75 %, y 12 meses en el caso de jornadas a tiempo parcial de entre el 50 % y el 75 %. La ejecución de las acciones formativas podrá llevarse a cabo hasta el 31 de julio de 2022 y la cuantía de la ayuda vendrá determinada por el coste económico de las acciones formativas, estableciéndose un límite máximo de 300 horas de formación subvencionables por curso y un límite de 15 alumnos por curso.