No está probado que abusara de sus hijos acogidos
La sentencia rechaza que el acusado hiciese peticiones de este tipo a los dos niños de acogida que tenía en su casa.
De acuerdo al texto, no se declara probado que durante los años 2015, 21016 y 2017, cuando el menor de acogida que convivía con el acusado tenía 14, 15 y 16 años, durante varios fines de semana le pidiera que se fuese a dormir con él a su cama y con la finalidad de satisfacer sus deseos sexuales y prevaliéndose de su situación de vulnerabilidad por estar en régimen de acogida por el acusado le realizase tocamientos en sus órganos genitales y la masturbarse, procediendo al menor a hacer lo mismo con el investigado.
Tampoco se declara probado que cuando un amigo de su hijo se encontraba durmiendo en la misma cama con el procesado, se aprovechará en al menos una ocasión para bajarle el pantalón del pijama y el calzoncillo y practicarle una felación, tras los cual se despertó el menor y pidiéndole al acusado que le dejara. De igual modo queda sin probar que ese mismo menor se despertase en varias ocasiones en la misma cama con el pantalón del pijama y el calzoncillo bajados,
La pena impuesta por los magistrados de la Audiencia implica también al procesado la prohibición de comunicar con las víctimas por un periodo que va de dos a cuatro añoso y la inhabilitación para trabajar con niños durante seis años.