Diario de León

Procurador del Común

El Común actúa ante «la creciente» ocupación de la calle por las terrazas

Pide a la Junta una mayor regulación y también el control de los calefactores en la hostelería

Terraza en una zona ORA de la capital. F. OTERO PERANDONES

Terrazas en zonas ORA. F. Otero Perandones.

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El Procurador del Común ha pedido a la Junta una mayor regulación y control de los elementos calefactores en los establecimientos de hostelería. El defensor de la comunidad publicó ayer una resolución donde se requirió la colaboración de 60 ayuntamientos de la autonomía de más de 5.000 habitantes con este fin.

La resolución que viene dada por la creciente ocupación del dominio público mediante la instalación de terrazas de hostelería, motivada entre otras razones por la situación generada por la pandemia, y por la extensión temporal de las autorizaciones concedidas a bares y restaurantes, más allá de los tradicionales meses de verano.

Por esta razón y «atendiendo a la necesidad de garantizar la seguridad de las instalaciones que hayan de situarse en la vía pública, unido al exigible deber de la administración municipal de control», el Procurador del Común ha promovido esta actuación de oficio en un intento de conocer la situación y la regulación existente a este respecto.

A la vista de los datos recabados, que «ponen de manifiesto la ausencia de cualquier tipo de regulación o bien una regulación fragmentaria», el Procurador del Común se ha dirigido a los 60 municipios concernidos formulando una serie de recomendaciones generales para intentar contribuir a dotar o, en su caso, a mejorar la regulación de la ubicación de los calefactores.

Espacios en el limbo
Datos recabados en municipios de más de 5.000 habitantes revelan la ausencia de normativa

En este sentido, recomendó a aquellos ayuntamientos que no disponen de normas específicas o bien sean estas insuficientes que regulen la ocupación del dominio público con terrazas de hostelería, fijando los límites y los requisitos exigibles a este tipo de instalaciones.

Asimismo, consideró que dentro de dicha regulación se debe incluir, en particular, la de los elementos calefactores, detallando el número máximo de elementos autorizables, las fuentes de alimentación admisibles y también las determinaciones necesarias en cuanto a los metros cuadrados que ocupa cada elemento al efecto del cálculo de la superficie total de la terraza.

En este sentido, los servicios técnicos municipales deben especificar la ubicación concreta de estos aparatos dentro del espacio autorizado.

Además, los ayuntamientos deben garantizar, atendiendo a los controles técnicos correspondientes, que estos elementos cumplen con los requisitos de seguridad y homologación técnica, estando cubierto su funcionamiento por pólizas de seguro, lo que también exige su efectivo control.

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