Obligan a restituir en su puesto a una sanitaria del Hospital
El juez cree que la movilidad de la técnico fue «arbitraria» y sin respetar su antigüedad
El Juzgado Contencioso Administrativo número 1 de León obliga al Complejo Asistencial Universitario (Caule) a restituir a una trabajadora en el puesto que ocupaba en 2019 como Técnico Superior en Imagen para el Diagnóstico en el servicio de Medicina Nuclear y del que fue desplazada «sin respetar su antigüedad, ni la normativa que Sacyl prevé para los procesos de movilidad», según señala el fallo dado a conocer ayer por el Sindicato Estatal de Técnicos Superiores Sanitarios.
El secretario de la organización, Francisco Javier Montero, explicó que el tribunal condena al Hospital a volverla a colocar «inmediatamente» en el puesto del que fue «ilícitamente» removida, «en el mismo horario y condiciones que tuviera en la fecha en que se ejecutó el traslado forzoso».
La técnico, según el sindicato, llevaba desde 2016 trabajando en Medicina Nuclear y en 2019 la notificaron que tenía que cambiar su trabajo de diagnóstico por imagen a Radiología (rayos), lo que suponía, además, pasar de un horario de mañana de 8.00 a 15.00 horas a otro con turnicidad de mañana, tarde y noche.
«La propia normativa de Sacyl señala que la movilidad debe de ser justificada y según la antigüedad. Por eso ella, al comprobar que poseía mayor antigüedad que otras personas del servicio que no fueron desplazadas decidió acudir a la justicia», aclara.
En la sentencia queda demostrado que la Resolución de la Subdirección de Enfermería (entonces ostentada por A.S.) «debe refutarse nula al ser la misma arbitraria y carecer de justificación tanto fáctica como jurídica», ya que en el expediente administrativo «no queda justificado ni cuál es el motivo por el que se decide que es necesaria una reorganización del servicio, ni cuál es el procedimiento empleado para decidir qué persona debe sufrir la modificación, ni se ha seguido el procedimiento que hubiera podido permitir esa movilidad». El sindicato anima a los técnicos superiores sanitarios, y por extensión a todos los trabajadores, a reclamar.