Diario de León

Dudas sobre la técnica legislativa para la Ley de Libertad Sexual

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Sobre el Proyecto de Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual, «la respuesta del legislador a los distintos convenios y tratados internacionales para acoger en el ámbito de la violencia de género a sus distintas manifestaciones», se destacó que «surgen dudas sobre la técnica legislativa utilizada».

Anterior a la lectura de conclusiones, se desarrollaron dos mesas redondas que analizaron la nueva normativa de protección a la infancia y adolescencia frente a la violencia de género y el nuevo anteproyecto de protección contra la violencia sexual. Lo que verdaderamente ocurre es «una ausencia de formación y de concienciación de los que tienen que aplicar la norma, porque se sigue priorizando la relación del padre sobre el derecho a vivir en un ambiente libre de toda violencia», explicó Auxiliadora Díaz, magistrada titular del Juzgado de Violencia sobre la Mujer 2 de las Palmas de Gran Canaria. Y denunció que «España sigue sin establecer un sistema de reparaciones en caso de negligencia de las instituciones y una protección adecuada a estos menores».

Susana Gisbert, fiscal de la Fiscalía Provincial de Valencia, por su parte, apuntó que la modificación del artículo 416 bis de la Ley de Enjuiciamiento Civil, por la que se establece la obligación de declarar, puede tener el efecto contrario en las víctimas menores. «Ahora los menores mayores de 14 años deben declarar una sola vez para configurar la prueba preconstituida. Sin embargo, en los casos en los que los abogados no tienen claro si los menores han presenciado violencia, no se realiza tal prueba, porque requiere un mayor despliegue de medios. Esta decisión puede dejar desprotegidos a posibles víctimas».

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