Diario de León

La Junta establece dos grados de dependencia

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La Junta ha establecido dos grados de asistencia para las personas mayores que tienen algún tipo de dependencia en su movilidad, la alimentación, el aseo personal, la autonomía para vestirse por sí solos y usar el inodoro y la continencia de esfínteres. La obtención de la calificación de dependiente en alguna de estas seis circunstancias determina la consideración de persona asistida en grado I y si la calificación de dependiente coincide en todas las circunstancias mencionadas se le otorga la categoría de asistido en grado II. La nueva clasificación se realizó en una resolución de junio del 2001, aunque los conciertos para plazas asistidas todavía no contemplan estas diferencias a la hora de fijar el coste por plaza, que es unitario. La clasificación es operativa para las condiciones de funcionamiento de los centros de carácter social para personas mayores, tanto residenciales como de estancias diurnas. Los requisitos para su autorización y funcionamiento se aprobaron el decreto 14/2001 para adecuar los centros a las nuevas necesidades sociales y unificar la normativa dispersa.

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