Diario de León

Una comisión de expertos halla razones Andrés Mayo y en su pareja para desautorizar su matrimonio

La Iglesia rechaza la boda del violador del chándal y su compañera sentimental

Andrés Mayo Fernández, bautizado como el violador del chándal, y su joven compañera no podrán casarse hoy en una parroquia de la capital leonesa, c

Los policías dirigen a Andrés Mayo hasta la Audiencia Provincial, donde fue juzgado hace doce años

Los policías dirigen a Andrés Mayo hasta la Audiencia Provincial, donde fue juzgado hace doce años

Publicado por
León

Creado:

Actualizado:

El Obispado de León ha decidido no precisar cuáles son las circunstancias que impiden el matrimonio porque «pertenecen al ámbito privado de los contrayentes», afirmó el vicario de la Diócesis de León, Pascual Díez Escanciano. En todo caso queda descartado que el motivo haya sido la pena de 106 años de prisión a la que fue condenado hace doce años por cuatro delitos de violación y siete tentativas cometidas entre los años 1989 y 1990. «No es por esa razón», apuntó el vicario, quien recalcó que las circunstancias «concurren en ambos». Las especiales circunstancias que envuelven este matrimonio han obligado al Obispado a reflexionar muy a fondo sobre la autorización de esta boda. Según explicó Díez Escanciano, el obispo, Julián López, no quiso adoptar una determinación sin contar con la opinión de varios expertos y de las instituciones competentes. «No se le ha negado el derecho a casarse como persona y como cristiano, sino que en ese brevísimo proceso anterior al matrimonio se han visto motivaciones que invitaron a no autorizar el matrimonio en este momento y por la situación de las dos partes», aclaró Díez Escanciano. Sin embargo, hace quince días, cuando este periódico se puso en contacto con el Obispado para confirmar la solicitud de Mayo y su compañera, no había una intención clara de desautorizar la celebración. Entonces se dijo -y se mantiene- que el hecho de que Mayo hubiera sido condenado por varias agresiones sexuales contra mujeres no puede ser un argumento para revocar la incoación del expediente. «Sólo se valora la libertad con que se ejerce ese matrimonio y si los dos son maduros para hacerlo», dijo en su momento el vicario. El expediente de libertad y soltería que se exige a cualquier pareja antes de casarse era hasta ese momento el único requisito que se exigía a Mayo, de 35 años, y a su compañera, de unos 20. Díez Escanciano agregó que «cuando estos motivos desaparezcan la boda se podrá celebrar, si es que llegan a desaparecer». La boda, prevista para hoy en la iglesia parroquial de un barrio de la ciudad, se iba a celebrar un mes después de que el ex titular del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de León concediera la libertad condicional a Andrés Mayo. El párroco declinó hacer cualquier comentario y precisó que «todo esto es cosa del Obispado». «En este, como en todos los casos, es obligación de la Iglesia procurar que la comunidad eclesial prete ayuda a los fieles mediante la preparación personal para la celebración del matrimonio con las obligaciones y derechos que el nuevo estado conlleva», resume el veredicto del Obispado. «Según el dictamen de cuantos han sido consultados y de acuerdo con las normas de la Iglesia para la celebración válida y lícita del matrimonio -añade-, se ha determinado no autorizar la celebración de este proyectado matrimonio mientras subsistan las causas que motivan esta determinación».

tracking