Diario de León

Un matrimonio religioso al mes de ser excarcelado

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El ex titular del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de León ordenó el pasado día 15 de noviembre su excarcelación del centro penitenciario de Mansilla de las Mulas, teniendo en cuenta que todos los informes sobre el conocido violador del chándal favorecían su proceso de reinserción. El estudio definitivo vino de la mano de la Junta de Tratamiento, en donde tres de sus cinco miembros (psicólogo, educador y subdirector penitenciario) apoyaron la clasificación de libertad condicional de Mayo después de que éste fuese sometido durante meses a un tratamiento dirigido a agresores sexuales y cuya efectividad aún no está totalmente demostrada, según explicó a este periódico el popular criminólogo, escritor y periodista Francisco Pérez Abellán. En el año 2000, el violador del chándal aún era «incapaz de identificar la motivación que le condujo a agredir sexualmente a las mujeres o la secuencia en la comisión de los delitos», aunque ya demostraba «buena conducta» en la calle después de haber conseguido permisos especiales en el año 1999. Nueve años antes, y según consta en la sentencia condenatoria de la Audiencia Provincial de León, Mayo estaba afectado de una alta desviación psicopática, que actuaba de forma impulsiva y en periodos cortos, con tendencia a conductas antisociales que se alteraban con fases depresivas. No obstante conocía y conoce las normas sociales, además de que nunca presentó una patología orgánica ni una dolencia psicótica que pudiera alterar sus facultades anímicas de consciencia sobre el alcance de sus actos. La letrada que en su día ejerció la acción popular contra Mayo considera actualmente que no existen garantías de su reinserción y que Andrés Mayo nunca ha mostrado un mínimo interés por resarcir económicamente los daños que produjo, gesto que entienden suficiente para argumentar sus dudas.

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