Caso Carrasco
Conceden el tercer grado a Raquel Gago
Desde ahora solamente tendrá que ir a dormir a un Centro de Inserción Social tras su condena por el crimen de Isabel Carrasco
Raquel Gago, la tercera condenada por el crimen de Isabel Carrasco, pasa a disfrutar del tercer grado por decisión del Juez de Vigilancia Penitenciaria, que ha atendido la propuesta de su representación letrada para modificar su situación. Así, en lo sucesivo, solamente tendrá que acudir a pernoctar a un Centro de Inserción Social. En este caso se le ha adjudicado el CIS Victoria Kent, ubicado en Madrid capital, entre los barrios de Delicias y Legazpi, cerca del Planetario.
Gago se encontraba recluida hasta enero en Madrid I (Alcalá de Henares), donde disfrutaba del segundo grado. a determinación fue adoptada en las últimas horas por la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y se abre un plazo para recurrir ante el Juzgado de Vigilancia La condena estaba cumplida en una primera parte desde el 16 de mayo de 2014 hasta el 29 de enero de 2015 y posteriormente en una segunda parte desde el 20 de diciembre de 2016 hasta el 28 de abril de 2021.
Gago se encontraba recluida hasta enero en Madrid I (Alcalá de Henares), donde disfrutaba del segundo grado. a determinación fue adoptada en las últimas horas por la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y se abre un plazo para recurrir ante el Juzgado de Vigilancia La condena estaba cumplida en una primera parte desde el 16 de mayo de 2014 hasta el 29 de enero de 2015 y posteriormente en una segunda parte desde el 20 de diciembre de 2016 hasta el 28 de abril de 2021.
El tercer grado se aplica a los internos o internas que, por sus circunstancias personales y penitenciarias, estén capacitados para llevar a cabo un régimen de vida en semilibertad.
Para su valoración algunos aspectos a considerar son la conducta observable del interno o interna para restituir lo sustraído, reparar el daño e indemnizar los perjuicios materiales y morales, las condiciones personales y patrimoniales del culpable para satisfacer dicha responsabilidad, las garantías que permitan asegurar la satisfacción futura, la estimación del enriquecimiento que el culpable hubiera obtenido por la comisión del delito y la naturaleza de los daños y perjuicios causados por el delito cometido.
Cuando la duración de la pena impuesta es superior a cinco años, como es el caso, la clasificación en tercer grado no podía efectuarse hasta el cumplimiento de la mitad de la condena. De acuerdo a las estimaciones realizadas, la expolicía cumplirá dos tercios de la pena en otoño de 2026 y entrará en el último cuarto de su cumplimiento en torno al verano de 2027, para cerrar la totalidad en los albores del año 2030.