Diario de León

SUCESOS

Una pelea con una prostituta con la que vivió un mes en León no es violencia familiar

Una magistrada condenó al varón a 2,5 años de prisión pero la Audiencia lo revoca

La relación de convivencia no era suficiente como para un compromiso estable. DL

La relación de convivencia no era suficiente como para un compromiso estable. DL

León

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La Audiencia Provincial ha revocado la pena de cárcel a dos años y medio de prisión par un varón, acusado de violencia familiar por una pelea contra una prostituta. El sospechoso había sido condenado en Penal 2.

La relación se inició desde agosto de 2021. El día 2 de octubre de 2021 él se presentó en el lugar de trabajo de Genoveva, un club de alterne de León, y comenzaron una discusión durante la cual él se dirigió a ella con las siguientes expresiones: «Eres una perra, una puta, no vales para nada, eres una estafadora de hombres, le sacas el dinero a los hombres y los tiras como una mierda, tú no vas a ganar ni un puto duro, puta».

Al día siguiente, 3 de octubre de 2021, el condenado regresó al lugar de trabajo de ella y con el fin de amedrentarla, le dijo: «Tienes que venir conmigo y si no, te largas de León porque tienes los días contados», al tiempo que volvía a decirle que era una «perra, una puta» y que no valía para nada.

Previo a estos hechos, desde el 24 de septiembre de 2021 y en varias ocasiones, se puso en contacto con ella a través de su teléfono móvil dirigiéndole expresiones como: «Miserable de cojones», «puta ingrata», «te echaré un mal de ojo, veras te va a ir la vida como un culo», «puta mala».

El 30 de septiembre de 2021, él llamó al teléfono móvil de ella desde un número y le dijo: «Si no te vas de León, tienes los días contados». 

«Es llamativo», dice la sentencia «que a los quince días de discutir ambos y abandonar la vivienda se pone a trabajar en un club de alterne en esta ciudad, al cual a los pocos días acude el varón, manteniendo relaciones sexuales a cambio de precio, como reconoce la propia denunciante y justifica documentalmente el varón con los recibos de pagos efectuados el día 4 de octubre de 2021 con su tarjeta de crédito. Todo lo cual induce a pensar que lo que cuenta desde el primer momento el varón es cierto, esto es que la relación entre ambos era solo para mantener relaciones sexuales a cambio de precio y nada más. No hay en los autos ningún dato objetivo que nos haga pensar que entre ambos, aun cuando la convivencia hubiera sido de solo un mes, hubiera existido un compromiso de estabilidad para una relación análoga a la matrimonial».

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