Diario de León

El ‘sí es sí’ saca de Villahierro a otro recluso, el quinto

Su condena por abusar de una menor aún no era firme y superaba ya el límite en preventiva

Imagen de Villahierro tomada el pasado verano. MARCIANO PÉREZ

Imagen de Villahierro tomada el pasado verano. MARCIANO PÉREZ

León

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Un súbdito rumano encarcelado en Villahierro acusado de abuso sobre una menor fue puesto en libertad ayer por decisión la Audiencia Provincial de Valladolid, al entender que la condena de cinco años de prisión que se le había impuesto, iba a ser recurrida.

En esta circunstancia, el tiempo máximo de prisión provisional no puede superar los dos años y medio, en aplicación individualizada de la Ley Orgánica 10/2022 (la conocida como ‘Ley del sólo sí es sí’), circunstancia que forzó su puesta en libertad en las últimas horas puesto que ya se habían cumplido.

A los cuatro casos decretados hasta ahora (tres por la Audiencia Provincial de León y uno por la de Pontevedra), se le suma ahora este otro procedente de Valladolid.

La Sección Cuarta de la Audiencia de esa provincia dictó un auto especialmente razonado para evitar problemas de interpretación legal. Considera que a pesar de que el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Burgos, desestimó el primer recurso de apelación, cabe un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, que rompería todas las posibilidades de plazos hábiles para mantener al recluso interno. Es por ello que se decreta su puesta en libertad a la espera de resolución.

De no mediar la aplicación de la nueva legislación, el Supremo dispondría de seis meses más de plazo antes de adoptar una determinación, tiempo suficiente para convertir la sentencia en firme y evitar su salida de la cárcel. No obstante, en ese tipo de casos, se dictan unas medidas de seguridad consistentes en fijar la obligación de que el reo se presente en sede judicial los días pertinentes de cada mes y prohibir su salida del país, para que no pueda sustraerse a los efectos de la justicia. Otra cosa es que las medidas estipuladas se cumplan o no.

El goteo no cesa. La Audiencia Provincial de Zamora también la pena de prisión al condenado por un delito continuado de agresión sexual a una menor de 16 años tras la aplicación de la misma ley. El individuo, que afrontaba una condena de 12 años de cárcel, tendrá que cumplir ahora 10 después de la revisión realizada por petición de su defensa, según la información del Gabinete de Prensa del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León recogida por Europa Press.

Tras analizar el expediente, los magistrados de la Audiencia Provincial concluyeron que la petición de revisión de la pena «no puede ser rechazada por considerar que, en caso de ser modificados los límites máximos y mínimos de una pena por efecto de una reforma, se debe optar por la interpretación más favorable al reo». Dice la Sala que «no se hace uso arbitrario alguno ni se lleva a cabo una nueva individualización de la pena», sino que se aplica «el principio de proporcionalidad».

En virtud de esto, y teniendo en cuenta que la pena que le fue impuesta al acusado «lo fue en el mínimo de la penalidad asignada por la concurrencia de atenuantes», la Audiencia Provincial ha procedido a revisar la pena y fijarla en 10 años de prisión «conforme a la nueva redacción».

El auto, eso sí, no será firme hasta que concluya el plazo para presentar recurso ante el Tribunal Supremo.

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