Diario de León

TRIBUNALES

Dos años de cárcel para dos empresarios mineros por estafa

El Tribunal Superior de Justicia ratifica los términos del dictamen emitido por la Audiencia Provincial de León

Fachada de la Audiencia. RAMIRO

Fachada de la Audiencia. RAMIRO

León

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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ratificó la condena de dos años de prisión dictada por la Audiencia Provincial contra dos empresarios mineros, acusados de estafa.

De acuerdo a la sentencia, en agosto del año 2015,un empresario conocido en el sector de la minería, actuando por cuenta de Carbones Román, mercantil que en el año 2011 había vendido a otro, concertado con este, se puso en contacto telefónico con la empresa Energy Fuel Asturias (Energy en adelante) a fin de que suministrara carbón al manifestar que dicha mercantil tenía un contrato con Iberdrola para suministrar a la central térmica de Velilla 

Tras tener un encuentro en la sede de dicha empresa en Avilés, y mantenerse conversaciones por teléfono y correo electrónico, en fecha 26 de agosto de 2015 se firmó un contrato entre ambas mercantiles para el suministro de 15.000 toneladas de un carbón con ciertas características a un precio de 115 euros tonelada más IVA, estableciéndose como medio de pago pagares a 60 días.

Firmado el contrato, en octubre de 2015 se inicia el transporte del carbón hasta los lavaderos de la localidad de Prado de la Guzpeña  emplazamiento que había conseguido Abelardo al contratar a través de la mercantil Carbones Lillo S.L. con la Junta Vecinal de Prado de la Guzpeña en fecha 16 de octubre de 2015 para el aprovechamiento del carbón depositado en la escombrera denominada "Quemadas".

Fruto de este contrato, Carbones Lillo. estaba autorizado a retirar el carbón de la escombrera y almacenarlo en la zona de los lavaderos y posteriormente, retirarlo del lugar. Para ello precisaba de la obtención de la licencia de Junta de Castilla León y, a tal fin,  solicitó a la Junta de Castilla y León el aprovechamiento de un yacimiento de origen no natural (escombrera) incluido dentro de los recursos de la "sección B" de la Ley de Minas en zona denominada "quemadas" en fecha 21 de octubre de 2015, habiéndose autorizado la misma por

Resolución de 24 de febrero de 2017.

Para la ejecución de estos trabajos Carbones Lillo subcontrató a Carbones Román, y esta, a la mercantil Explocanteras. cuyo administrador, en fecha 28 de febrero de 2016 contrató con la Junta Vecinal de Prado de la Guzpeña  (en la persona de su presidente ) la venta de 1.200 toneladas de carbón por el importe de dos euros la tonelada que vendió a Carbones El Puerto.

Cuando se estaba transportando dicho carbón se denunció la sustracción del carbón adquirido a Energy. En octubre de 2015, se inicia el transporte del carbón hasta los lavaderos de la localidad de Prado de la Guzpeña emitiéndose por Carbones Román pagares a 60 días desde la fecha de cada factura.

Llegado el día del vencimiento del primer pagaré, el 1 de enero de 2016, el mismo no pudo abonarse por carecer

de fondos la cuenta contra la que se había emitido causando en Energy unos gastos adicionales por el impago

del pagaré de 7.263,39 euros.

Ante dicho impago, en el mes de enero de 2016 Energy suspendió el envío de más carbón e interesó de los acusados que se le restituyera el carbón, si bien Adriano alegando que estaba pendiente un pago de Iberdrola convenció a Energy para que no retirara el carbón y emitió otro pagaré por el mismo importe cuyo vencimiento era el 1 de marzo de 2016 y emitió otro pagaré por los gastos derivados del impago del primer cheque con el mismo vencimiento.

Llegado el vencimiento de ambos pagarés tampoco fueron atendidos y, en esta ocasión, para tranquilizar a Energy, los sospechosos expidieron un reconocimiento de deuda del que respondían personalmente, pese a carecer ninguno de los dos de patrimonio suficiente con el que responder de dicha deuda, consiguiendo así un nuevo aplazamiento de la restitución del carbón hasta el 31 de marzo de 2016.

Llegado el 29 de marzo, comunicada la intención de retirar Energy el carbón al no haberse abonado su precio, los acusados les manifestaron que dicho carbón había sido sustraído el 16 de marzo por Marcelino y que habían presentado denuncia por dicha sustracción. Dicha denuncia motivó un procedimiento penal tramitado en el Juzgado de Instrucción de Cistierna como DP 33/16 contra Marcelino por presunto delito de hurto que fue sobreseído provisionalmente.

Energy reclamó judicialmente a Román las cantidades debidas por el suministro del carbón, dando lugar al juicio cambiario del que se ha derivado la ejecución de título judicial actualmente en trámite.

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