Diario de León

Las Audiencias exigen que no haya jurados en los casos con okupas

-La provincia de León registró 30 casos en el año anterior y 43 en el ejercicio del 2021, que supusieron un récord

Sala de vistas habilitadas para un jurado popular recientemente. MARCIANO PÉREZ

Sala de vistas habilitadas para un jurado popular recientemente. MARCIANO PÉREZ

León

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Los presidentes de las Audiencias Provinciales de España, reunidos en cónclave anual esta semana en Pontevedra, consideran necesario eliminar el delito de ocupación de las competencias del Tribunal del Jurado, porque se provocan problemas de conexión con otros delitos , como argumento central de sus conclusiones definitivas en esta materia.

«El delito de allanamiento de morada debe quedar excluido de la competencia del Tribunal de Jurado, evitando así los problemas que actualmente se plantean en supuestos de conexidad», dicen los presidentes de las audiencias en el documento marco que firmaron.

El año en el que se registraron más ‘okupaciones’ , según los datos del Ministerio del Interior, en la provincia de León fue el 2021, con 43, seguido de los 35 de 2020, los 30 del pasado año 2022 y los 28 de 2019.

Cualquier modificación de la Ley Penal «exige normas claras en la descripción de las conductas delictivas y la toma en consideración de los informes técnicos previos», aseguran los magistrados.

«Consideramos necesaria una efectiva intervención de la sección de derecho penal de la devaluada Comisión General de Codificación como órgano asesor del Ministerio de Justicia», apuntan en su escrito.

Hay más: «La administración prestacional debe facilitar los medios necesarios para garantizar la correcta grabación audiovisual de la testifical preconstituida de menores de 14 años o personas con discapacidad necesitadas de especial protección, así como su almacenamiento y posterior reproducción en el acto del plenario», resumen en las conclusiones.

Asistencia gratuita

En materia de violencia sobre la mujer se explica la «necesidad de una puntual y adecuada información a la víctima de su derecho a la asistencia jurídica gratuita y, fundamentalmente, la necesidad de que la mujer víctima de violencia de género disponga de asistencia letrada desde el mismo momento de formular denuncia. Igualmente es básica la agilización para el aviso y presencia del letrado/a de oficio en las dependencias policiales y/o judiciales».

Proponen las audiencias garantizar a las mujeres, con especial cuidado a las mujeres con discapacidad y menores víctimas de violencias sexuales, el acceso integral a la información sobre sus derechos y sobre los recursos existentes. «Debe garantizarse el acceso de todas las víctimas a los recursos existentes en condiciones de igualdad , y poner especial cuidado en las víctimas especialmente vulnerables por razón de edad (personas mayores, niños y niñas), mujeres con discapacidad y del entorno rural».

Medios telemáticos

Es conveniente también potenciar la utilización de dispositivos telemáticos para el control de la medida cautelar y/o pena de prohibición de aproximación, e insistir en la necesidad de que los técnicos del Centro Cometa acudan a la mayor brevedad al órgano judicial a fin de colocar los dispositivos de detección de proximidad (pulseras).

Se aborda la necesidad de adecuación de espacios en todas las sedes judiciales a fin de evitar la confrontación visual entre víctima y victimario, y se disponga de espacios adecuados para la celebración de videoconferencias y declaraciones/ exploraciones mediante cámara Gesell cuando se trate de menores víctimas u otros testigos. Un paso más supondría la generalización del modelo escandinavo «Barnahus», de acuerdo a las expectativas que se han creado a este respecto.

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