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REBAJA EN EL ATUENDO LEGAL

Con la venia... y con el ticket de caja

Abogadas leonesas se pronuncian sobre la sentencia del TSJ de Cataluña que permite a los letrados desgravar trajes y corbatas para juicios

Togas de los letrados de la administración de justicia colgadas durante la última huelga. ANA F, BARREDO

León

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Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña abre la vía para que los letrados puedan desgravar los trajes y las corbatas que se utilizan en el seno de su ejercicio profesional.

Esta decisión es consecuencia del recurso presentado por un letrado del Bufete Cuatrecasas frente a la sentencia dictada por el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Cataluña en relación al acuerdo sancionador derivado del ejercicio de 2018.

Dicho tribunal de instancia entendió como deducibles los 1.524 euros de la factura de sastrería Alexander 1922 S.L que correspondían al traje pero no de dos corbatas que adquirió por un importe de 223 euros.

La medida ha encontrado la contestación entre las profesionales leonesas de la abogacía, que también reclaman su derecho a gozar de los mismos beneficios que sus compañeros.

Indispensables

La sentencia considera que se trata de complementos «casi indispensables». La penalista leonesa Beatriz Llamas incide en la medida; «No les va a quedar más remedio que aceptar en algún momento que desgravemos vestidos, bolsos, zapatos… etc, pues de otra forma sería un agravio comparativo y caerían en la evidente desigualdad que no es aceptable. Realmente es un gasto añadido a nuestra profesión. Lo que no está por definir son los límites, ¿cuánto podemos desgravar? 500 euros, 1000 euros...», asegura,

Carmen Vicente es de una opinión distinta; «Yo me siento abogado, con independencia del género. Ante todo somos personas, mismos derechos-mismas obligaciones. Es mi opinión nada más», sostiene.

Virginia Rodríguez, del Bufete Armesto y Bardal es tajante; «Estoy totalmente de acuerdo». Emilia Esteban habla desde El Bierzo: «Yo lo llevaría no solo a los bolos y a los zapatos sino también a los trajes, porque son elementos muy necesarios en el juzgado».

Pilar Pérez es partidaria de limitar los conceptos: «Yo me apunto a los trajes y zapatos para hombre y mujer, los zapatos y la toga son obligatorios. El bolso de trabajo lo deduciría pero los bolsos de complemento no me parece adecuado hacerlo».

Para todas

En favor de la igualdad total se declara Smara Morala: «De la misma manera que en cualquier empresa como por ejemplo un taller, la ropa y calzado de trabajo, son gastos desgravables, en el ejercicio de la abogacía, también deberían serlo. Y sin distinción entre géneros. Ahora bien, comprendo la dificultad de determinar qué porcentaje de ropa y calzado, en nuestro caso, está destinada al ejercicio profesional», apunta la eltrada.