Diario de León

Un recurso que al final prosperó

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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJCat) ha sentenciado que tanto los trajes como las corbatas de los abogados pueden ser desgravados al constituir un complemento “casi indispensable” de la actividad profesional como letrado.

A lo largo del recurso argumentó que el uso de este complemento era solamente para su actividad profesional y que el gasto no era ni excesivo ni desproporcionado. Había entregado una copia del extracto bancario en el que constaba el pago de tal accesorio y una copia de los correos con los detalles del pedido, la identificación del destinatario, el texto del mensaje, el domicilio de entrega y la confirmación de entrega.

Así las cosas, los magistrados detallaron que, en otras ocasiones, no habían denegado la deducibilidad del gasto «por el hecho de que se presentara factura simplificada si aparecían otros medios de prueba que acreditaban que se había realizado para la actividad.

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