Condenan a una consultora a repartir 27.000 euros de beneficio con un socio
El Juzgado de Primera Instancia número 6 de los de León ha dictado una sentencia en la que condena a una consultora a pagar casi 27.000 euros a un socio con el que la compañía no quería repartir dividendos. El fallo acaba de ser ratificado por la Audiencia Provincial, que condena a la parte apelante en costas. El socio que ha visto satisfechas sus pretensiones estaba representado por Virginia Rodríguez, de Armesto y Bardal Abogados. El recurso entiende que había un contrato privado entre la empresa y el socio por el que se determinaba la obligación de repartir beneficios con el socio en los plazos estipulados. Según la empresa, el precio del valor de las acciones que se había determinado resultaba muy superior a lo normal.
La empresa les reconoció además del derecho a participar en los beneficios. «Una cosa es el valor nominal y otra cosa el valor de mercado», explica la Audiencia. Hay además un informe pericial que determina la existencia del derecho a participar en los beneficios de la empresa. «Por lo tanto, la transmisión de las participaciones sociales es fruto e una previa negociación más amplia que resulta de una compleja interacción entre empresas integradas en diferentes sociedades y entre profesionales que desarrollan su actividad a través de ellas, con pactos la amortización de préstamos, devolución de dinero correspondiente a una subvención.