Las indemnizaciones del cártel de los coches pueden alcanzar a cerca de 50.000 leoneses
Juzgados de otras provincias empiezan a sumarse a la sentencia favorable del Juzgado de lo Mercantil en León
Alrededor de 50.000 leoneses pueden acogerse a las indemnizaciones que se estipulan por ley contra la práctica ilegal que determinados fabricantes siguieron de forma irregular para fijar precios en la venta de vehículos a un coste superior, tras pactos encubiertos para burlar la libre competencia.
La práctica fue descubierta en 2015 y los fabricantes que incurrieron supuestamente en estas costumbres fueron Alfa Romeo, Audi, BMW, Chevrolet, Chrysler, Citroën, Dodge, Fiat, Ford, Hyundai, Jeep, Kia, Lancia, Lexus, Nissan, Opel, Peugeot, Renault, Seat, Skoda, Toyota o Volkswagen.
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) sancionó a 28 marcas de fabricantes con una multa de cerca de 170 millones de euros.
Sin embargo, esta sanción impuesta a los fabricantes no suponía una reparación del daño a los consumidores . Es algo en lo que ahora trabajan diversos bufetes de abogados que buscan representar a estos afectados sin coste inicial en su proceso judicial contra el cártel de coches.
El Juzgado de lo Mercantil de León se ha pronunciado recientemente en favor de Pablo Roberto Herrero , presidente ejecutivo de RBH Global, que recurrió y recibió la estimación de su demanda. «Si el único objetivo del cártel era, como expresa la propia resolución, ‘la fijación de los precios de venta de los automóviles’, y los implicados en aquel tienen capacidad para conseguir dicho objetivo, al abarcar la práctica totalidad de los fabricantes en el mercado afectado, la distorsión hubo de producirse de manera efectiva, pues no puede explicarse de otro modo la asunción deliberada de los riesgos y costes asociados a la constitución de un cártel, y especialmente su mantenimiento durante un espacio de tiempo tan prolongado como el que recoge la Resolución», dice el magistrado Pablo Arraiza.
En mercantil y audiencia
Cita jurisprudencia de la Audiencia Provincial de León en su sentencia de 19 de septiembre de 2022 (recurso 84/2020), cuando, aun sin considerar de aplicación por su carácter sustantivo la presunción de daño que recoge el artículo 17.2 de la Directiva 2014/104, expresa que «el período prolongado de duración del cártel y la importante cuota de mercado que cubrían los integrantes, superior al 90%, también permite deducir que su finalidad no era el simple intercambio de información sobre precios, sino que con esa información se suprimiría el riesgo de la incertidumbre que conlleva siempre la competencia para sustituirlo por una coordinación de los intervinientes en la fijación e incremento de los precios brutos».
Todo es por algo
«Nadie se arriesga a una importante sanción administrativa si no obtiene como contraprestación un importante beneficio», destaca el magistrado leonés. Pero no es el de León el único caso. «Queda suficientemente acreditada la producción de daños a los compradores finales de automóviles» destacaba este julio el Juzgado de lo Mercantil 1 de Pontevedra de la mano del magistrado Manuel Marquina Álvarez, que en el procedimiento verbal 56/2023, estimaba la demanda contra Ford España, y condenaba a la automovilística a abonar 1.954,35 euros al afectado.
Del mismo modo, el titular del Juzgado de lo Mercantil 1 de Valencia, Salvador Vilata Menadas, emitía este junio pasado cuatro sentencias en las que condenaba a Opel, Citroën y Renault a pagar a cuatro afectados por el cártel de coches el 12,5% del precio más intereses legales del precio del vehículo para reparar los daños causados, según informa El Confilegal .
Hasta 2026
Demandas e indemnizaciones por el cártel de coches que continuarán en los juzgados hasta 2026, momento en el que ya será tarde para los afectados. Algo que hace que, nuevamente, desde plataformas que instan a los afectados a buscar soluciones cuanto antes.